Este viernes 22 de noviembre la Corte Internacional de Justicia resolvió las medidas provisionales solicitadas por Costa Rica el pasado 25 de septiembre. La medidas resueltas fueron las siguientes:
El Tribunal,
Acá les dejo el video:
Acá la orden completa:
El Tribunal,
(1) Por unanimidad,
Reafirma las medidas provisionales indicadas en su Resolución de 8 de marzo
de 2011;
(2) Indica las siguientes medidas provisionales:
(A) Por unanimidad,
Nicaragua se abstendrá de cualquier dragado y otras actividades en el
territorio en disputa, y deberá, en particular, abstenerse de cualquier tipo de
trabajo en los dos nuevos caños;
(B) Por unanimidad,
No obstante lo dispuesto en el punto 2 (a) anterior y en el párrafo 86
(1) de la Orden de 08 de marzo 2011, Nicaragua deberá rellenar la zanja en la
playa al norte del caño oriental dentro de los dos semanas a
partir de la fecha de la presente Orden; deberá informar inmediatamente a la
Corte de la finalización del relleno de la zanja y, dentro de una semana a
partir de dicha terminación, le presentarán un informe que contiene todos los
detalles necesarios, incluyendo pruebas fotográficas;
(C) Por unanimidad,
Excepto cuando sea necesario para la aplicación de la obligación
establecida en el punto 2 (B) anterior, Nicaragua deberá (i) retirar del
territorio en disputa cualquier personal, ya sean civiles, policiales o de
seguridad, y (ii) evitar que ese personal entre en el territorio en disputa;
(D) Por unanimidad,
Nicaragua deberá retirar e impedir la entrada en el territorio en
disputa de todas las personas privadas bajo su jurisdicción o control;
(E) Por quince votos contra uno,
Tras consultar con la Secretaría de la Convención Ramsar y después de
dar a Nicaragua previo aviso, Costa Rica podrá tomar las medidas apropiadas en
relación a los dos nuevos caños, en la medida necesaria para evitar
un perjuicio irreparable al medio ambiente del territorio en disputa; en la
adopción de estas medidas, Costa Rica deberá evitar los efectos adversos sobre
el río San Juan;
A FAVOR
: Presidente Tomka; Vicepresidente Sepúlveda-Amor; jueces Owada,
Keith,
Bennouna, Skotnikov, Cançado Trindade, Yusuf, Greenwood, Xue, Donoghue,
Gaja, Sebutinde, Bhandari; Juez Dugard ad hoc;
CONTRA
: Juez ad hoc Guillaume;
(3) Por unanimidad,
Decide que las Partes se informarán periódicamente a la Corte, a
intervalos de tres meses, en cuanto al cumplimiento de las medidas
provisionales anteriores.
Acá les dejo el video:
Acá la orden completa:
Traducción de la orden
En el siguiente enlace pueden ver el mismo documento de la orden traducido con Google Translate en caso de tener alguna dificultad con el texto en inglés:
En el siguiente enlace pueden ver el mismo documento de la orden traducido con Google Translate en caso de tener alguna dificultad con el texto en inglés: