jueves, 10 de marzo de 2011

Las medidas cautelares

¿Cuáles fueron las medidas solicitadas?

A continuación, para complementar lo dicho en el artículo El cambio de Argumentos de Nicaragua, queremos mostrarles de manera puntual cuales fueron las medidas cautelares solicitadas por Costa Rica:
  1. El retiro incondicional de todas las tropas nicaragüenses de los territorios costarricenses ilegítimamente invadidos y ocupados.
  2. El cese inmediato de la construcción de un canal a través de territorio costarricense.
  3. El cese inmediato de la tala de árboles y la corta de vegetación en el territorio costarricense incluidos los humedales y bosque.
  4. Que se detenga inmediatamente el depósito de sedimento en el territorio costarricense.
  5. La suspensión del actual programa de dragado, que apunte a la ocupación, inundación y daño al territorio costarricense, así como el que afecte seriamente a la navegación del Río Colorado, esto basado en el laudo de Cleveland y a la espera de la resolución de esta disputa.
  6. Que Nicaragua se abstenga de cualquier otra acción que pueda perjudicar los derechos de Costa Rica, lo cual podría agravar o extender esta disputa ante la corte.
¿Cuáles fueron las medidas dadas por la Corte?

En virtud al espíritu siempre investigativo que ha caracterizado a este blog, invitamos a todos los lectores a leer la resolución de la corte sobre las medidas cautelares.


La podrán encontrar completa en:

O bien, he aquí una traducción no oficial al español de dicho documento:

Aquí les compartimos un extracto traducido de las páginas 22 y 23, de dicha resolución:
(1) Unánimemente: 
Cada Parte se abstendrá de enviar al territorio en disputa, incluyendo el caño, o mantener ahí cualquier personal civil, policial o de seguridad.

(2) Por trece votos contra cuatro:

No obstante el punto (1) anterior, Costa Rica puede despachar personal civil encargado de la protección del ambiente al territorio en disputa, incluyendo el caño pero solamente en el tanto en que sea necesario para evitar daño irreparable causado a la parte de humedal donde el territorio está situado; Costa Rica consultará a la Secretaría de la Convención Ramsar en relación con estas acciones, dará a Nicaragua aviso previo de ellas y hará el mejor de los esfuerzos para encontrar soluciones comunes con Nicaragua al respecto;
A FAVOR: Presidente Owada; vicepresidente Tomka; jueces Koroma, AlKhasawneh, Simma, Abraham, Keith, Bennouna, Cançado Trindade, Yusuf, Greenwood, Donoghue; juez ad hoc Dugard; EN CONTRA: Jueces Sepúlveda-Amor, Skotnikov, Xue; juez ad hoc Guillaume;

(3) Unánimemente:

Cada Parte se abstendrá de cualquier acción que pueda agravar o ampliar la disputa ante la Corte o dificultar la resolución;

(4) Unánimemente:

Cada parte informará a la Corte respecto a su cumplimiento de las medidas provisionales anteriores
Razonamiento de la Corte

Jurisdicción prima facie (párrafos 49-52)
Después de observar que Nicaragua, en las diligencias presentes, no contendió la jurisdicción para dirimir la disputa, la Corte considera que los instrumentos invocados por Costa Rica parecen, a primera vista, dar una base sobre la cual la Corte puede tener jurisdicción para fallar sobre los méritos, permitiéndole indicar medidas provisionales si considera que las circunstancias así lo requieren.
Carácter plausible de los derechos cuya protección se busca y enlace entre estos derechos y las medidas solicitadas (párrafos 53-62)
La Corte recuerda que su autoridad para indicar medidas provisionales según el artículo 41 del Estatuto tiene como objetivo la preservación de los respectivos derechos de las partes pendiente su decisión. Por lo tanto, la Corte puede ejercer esta autoridad solo si está satisfecha de que los derechos reclamados por una parte son al menos plausibles, y que existe un nexo entre los derechos que son sujeto de las diligencias ante la Corte sobre los méritos del caso y las medidas provisionales que se persiguen. 

Carácter plausible de los derechos cuya protección se busca (párrafos 55-59) 
Costa Rica alega que los derechos que reclama y que forman el argumento del caso en los méritos son, por una parte, su derecho a afirmar soberanía sobre toda la isla Portillos y sobre el río Colorado y, por otra parte, su derecho a proteger el ambiente en esas áreas sobre las que es soberana. Nicaragua, por su parte, alega que tiene título de soberanía sobre la parte norte de la isla Portillos, es decir, el área de humedal de unos tres kilómetros cuadrados entre la ribera derecha del caño disputado, la ribera derecha del río San Juan hasta su desembocadura en el mar Caribe y la laguna Harbor Head (de aquí en adelante “territorio en disputa”), y argumenta que el dragado del río San Juan, sobre el que tiene soberanía, solo tiene un impacto insignificante sobre el flujo del río Colorado, sobre el que Costa Rica tiene soberanía.
En lo que concierne al derecho a afirmar soberanía sobre el territorio en disputa, la Corte declara que, a esta altura de las diligencias, no puede dirimir los reclamos competidores de las Partes y no está llamada a determinar de una vez por todas si los derechos reclamados por cada una de ellas existe; para los propósitos de considerar la solicitud para la indicación de las medidas provisionales, la Corte solamente necesita decidir si los derechos que reclama el Solicitante sobre los méritos, y para los que está buscando protección son plausibles.
Después de un cuidadoso examen de la evidencia y los argumentos presentados por las Partes, la Corte llega a la conclusión de que el título de soberanía reclamado por Costa Rica sobre toda la isla Portillos es plausible. Agrega que no está llamada a fallar sobre lo plausible del título de soberanía sobre el territorio en disputa adelantado por Nicaragua. La Corte subraya además que las medidas provisionales que puede indicar no prejuzgan ningún título, y que los reclamos en conflicto de las Partes no pueden retrasar el ejercicio de la autoridad de la Corte según su Estatuto para indicar tales medidas.
La Corte encuentra que el derecho que Costa Rica reclama para solicitar la suspensión de las operaciones de dragado en el río San Juan si amenazan seriamente con perjudicar la navegación en el río Colorado o dañar el territorio costarricense también es plausible;
Nexo entre los derechos cuya protección se busca y las medidas solicitadas (párrafos 60-62)
Tomando el punto de vista de que la continuación o reanudación de las actividades disputadas por Nicaragua sobre isla Portillos es probable que afecten los derechos de soberanía que podrían ser fallados sobre los méritos que pertenecen a Costa Rica, la Corte considera que existe nexo entre estos derechos y la primera medida provisional que se busca, que está dirigida a asegurar que Nicaragua se abstendrá de cualquier actividad “en el área que comprende toda la isla Portillos”.
La Corte cree además que, dado que hay riesgo de que los derechos que puedan ser juzgados por los méritos que pertenecen a Costa Rica serían afectados si se establece que la continuación de las operaciones de dragado nicaragüenses en el río San Juan amenazan seriamente con afectar la navegación en el río Colorado o causar perjuicio al territorio de Costa Rica, existe un nexo entre estos derechos y la segunda medida provisional que se busca, que concierne a la suspensión del “programa de dragado en el río San Juan adyacente al área relevante” de Nicaragua.

Finalmente, la Corte considera que la medida provisional que busca Costa Rica, dirigida a asegurar que Nicaragua se abstenga “de cualquier otra acción que pueda perjudicar los derechos de Costa Rica, o que pueda agravar o ampliar la disputa ante la Corte” pendiente la “determinación de este caso sobre los méritos”, al estar muy ampliamente redactada, está ligada con los derechos que forman el argumento del caso ante la Corte por méritos, en el tanto que es una medida que complementa medidas más específicas que protegen esos mismos derechos.
Riesgo de perjuicio irreparable y urgencia (párrafos 63-73).
La Corte recuerda que tiene el poder de indicar medidas provisionales cuando se puede causar daño irreparable a los derechos que están en disputa, y que este poder se ejercerá solo si hay urgencia, en el sentido de que hay riesgo real e inminente de que se pueda causar perjuicio irreparable a esos derechos.

Observa que Costa Rica sostiene: (i) que “fuerzas armadas nicaragüenses siguen presentes en isla Portilla en violación de los derechos soberanos de Costa Rica”; (ii) que Nicaragua “continúa dañando el territorio de Costa Rica, planteando una seria amenaza a sus humedales y bosques internacionalmente protegidos”; y (iii) que a “Nicaragua [que] está intentando de manera unilateral ajustar, para su propio beneficio, un río cuya ribera derecha forma una frontera válida, legal y acordada… no se le puede permitir que continúe desviando el río San Juan por territorio de Costa Rica en esta forma, con el fin de imponer a Costa Rica y a la Corte un hecho consumado”.

La Corte subraya que Costa Rica desea que el status quo anterior se restaure, pendiente el juicio de la Corte sobre los méritos, y ha indicado que varios de sus derechos, incluyendo su derecho a la soberanía e integridad territorial, están amenazados de perjuicio irreparable como resultado de las actividades de Nicaragua.

La Corte hace notar que Costa Rica agrega que los trabajos emprendidos por Nicaragua en el territorio disputado tendrán el efecto de causar inundaciones y daño a territorio costarricense, así como cambios geomorfológicos, y que el dragado del río San Juan llevado a cabo por Nicaragua tendrá efectos similares, así como la reducción significativa del caudal del río Colorado.

Además observa que Costa Rica alega que la presencia actual de fuerzas armadas nicaragüenses en territorio de Costa Rica contribuye a una situación política de extrema hostilidad y tensión que puede llevar a la agravación o ampliación de la disputa.

La Corte también hace notar que Nicaragua, que sostenía que las actividades llevadas a cabo dentro de su propio territorio, cuyo impacto ambiental había sido debidamente establecido de antemano, no era probable que causaran daño inminente a Costa Rica, aseveró que las operaciones de limpieza y tala respecto al caño estaban concluidas y finalizadas y que ninguna de sus fuerzas armadas estaba estacionada en el presente en isla Portillos, y que no tenía intención de enviar tropas u otro personal a la zona disputada, ni a establecer puestos militares ahí en el futuro.

Sin embargo, la Corte subraya que Nicaragua ha afirmado que, en relación con la actual siembra de árboles, su Ministerio del Ambiente “enviará inspectores al sitio periódicamente para monitorear el proceso de reforestación y cualesquiera cambios que puedan ocurrir en la región incluyendo la laguna Harbor Head”, y que dado que “el caño ya no está obstruido”, “es posible patrullar el área por el río, como siempre se ha hecho, con los propósitos de velar por el cumplimiento de la ley, combatir el narcotráfico y el crimen organizado y proteger el ambiente”.
Consideración de las medidas provisionales solicitadas por Costa Rica y decisión de la Corte (párrafos 73-85)
A la luz de esta información, la Corte considera que la primera medida provisional solicitada por Costa Rica, es decir que “pendiente la determinación de este caso sobre los méritos, en el área que comprende la totalidad de isla Portillos, Nicaragua no (1) estacionará tropas u otro personal alguno; (2) emprenderá la construcción o ampliación de un canal; (3) talará árboles o eliminará vegetación o suelo; (4) descargará sedimentos”.

Tomando nota de las declaraciones de Nicaragua respecto a la finalización de los trabajos en el área del caño, la Corte decide que, en las circunstancias del caso como están ahora, no hay necesidad de indicar las medidas numeradas (2), (3) y (4) como se establecen anteriormente.

Sin embargo, dado que Nicaragua planea llevar a cabo ciertas actividades, aunque sea solio ocasionalmente, en el territorio en disputa, incluyendo el caño, la Corte encuentra que se deben indicar medidas provisionales, dado que esta situación crea un riesgo inminente de perjuicio irreparable para el título de soberanía que Costa Rica reclama sobre dicho territorio y para los derechos que de ahí se derivan, y da lugar a riesgo real y presente de incidentes propensos a causar daño irremediable en la forma de lesión corporal o muerte.

La Corte considera por lo tanto que cada Parte tiene que abstenerse de enviar o de mantener en el territorio en disputa, incluyendo el caño, cualquier personal, ya sea civil, policial o de seguridad, hasta el momento en que la disputa sobre los méritos se haya decidido o las Partes hayan llegado a un acuerdo sobre este tema. La Corte considera además que cada Parte tiene la responsabilidad de monitorear aquel territorio del territorio sobre el cual tiene soberanía incuestionable y que corresponde a la policía y fuerzas de seguridad de las Partes colaborar mutuamente en un espíritu de buena vecindad, en particular para combatir cualquier actividad criminal que se pueda desarrollar en el territorio en disputa.

Habiendo notado que, en el área fronteriza en disputa, Costa Rica y Nicaragua han designado respectivamente, según la Convención Ramsar, el “Humedal Caribe Noreste” y el “Refugio de Vida Silvestre Río San Juan” como humedales de importancia internacional, la Corte considera que, pendiente la rendición del Juicio sobre los méritos, Costa Rica tiene que estar en una posición para evitar que se cause perjuicio irreparable a parte del “Humedal Caribe Noreste” donde el territorio disputado se sitúa. Encuentra que, para este propósito, Costa Rica tiene que estar en capacidad de despachar personal civil encargado de la protección del ambiente a dicho territorio, incluyendo el caño, pero solo en el tanto en que sea necesario para asegurar que no se cause perjuicio. Agrega que Costa Rica tiene que consultar con la Secretaría de la Convención Ramsar en relación con estas acciones, dar a Nicaragua aviso por anticipado de ellas y hacer el mejor de los esfuerzos por encontrar soluciones comunes con Nicaragua al respecto.

En lo que concierne a una segunda medida provisional solicitada por Costa Rica, en la que se requiere que Nicaragua suspenda el programa de dragado en el río San Juan adyacente al área relevante, la Corte encuentra que no se puede llegar a la conclusión a estas alturas de la evidencia aducida por las partes que el dragado del río San Juan esté causando perjuicio irreparable al ambiente de Costa Rica o al caudal del río Colorado; ni tampoco se ha mostrado que, aunque existiera tal riesgo de perjuicio para los derechos que Costa Rica reclama en el presente caso, el riesgo sería inminente.

Habiendo hecho notar que tiene la autoridad según el Estatuto para indicar medidas provisionales que son en todo o en parte diferentes a las solicitadas, o medidas que son dirigidas a la parte que ha hecho la solicitud, y que sus órdenes sobre medidas provisionales tienen efecto vinculante y por lo tanto crean obligaciones legales internacionales que ambas Partes están obligadas a cumplir, la Corte considera apropiado en las circunstancias el indicar medidas complementarias, pidiendo a ambas Partes que se abstengan de cualquier acto que pueda agravar o ampliar la disputa o dificultar la solución.

La Corte agrega que la decisión dada en las presentes diligencias de ninguna forma prejuzga el asunto de su jurisdicción para tratar con los méritos del caso o cualesquiera preguntas relacionadas con la admisibilidad de la Aplicación, o relacionado con los méritos mismos, y que deja sin afectar el derecho de los Gobiernos de Costa Rica y Nicaragua a enviar argumentaciones respecto a esas preguntas.
Imágenes posteriores a la resolución de la medidas cautelares
Fuente de la mayoría de fotos: ADN Noticias, 05/04/2011


                                         Fuente: aldia.cr 24/03/2011


Fuente: America.infobae.com

Fuente: TicoTimes
Fuente: aldia.cr 09/04/2011
A pesar de que el 8 de marzo del 2011 la Corte Internacional de Justicia impuso como medida cautelar el no acceso a la zona de conflicto de cualquier civil, policía o personal de seguridad, exceptuando a los enviados de la convención Ramsar y los científicos costarricenses encargados de evaluar los posibles daños irreparables por la construcción del canal; un grupo de manifestantes nicaragüenses ingresó ilegalmente con el objeto de pronunciarse en contra de los expertos que se encontraban valorando la zona el 5 de abril del 2011. Según una noticia publicada por el nuevo diario, estas acciones fueron elogiadas por el jefe del Ejército de Nicaragua (Julio César Avilés) quien declaró: "Yo aplaudo la actitud de estos muchachos que se fueron para allá, realmente es una actitud altamente patriótica, yo me siento orgulloso de ellos".

Fuente: planetark.org

Por otra parte el periódico la Prensa de Nicaragua indicó el día 6 de abril del 2011 que: "Grupos afines al régimen de Daniel Ortega están desde el fin de semana pasado (viernes 01 de abril) en la zona de conflicto desarrollando diversas actividades, entre estas, sembrando árboles."


Por buenas que fueran las intenciones de estos ambientalistas, no dejan de ser una violación a las medidas cautelares citadas por la corte.



Saludos

Gerardo Víquez González
Alejandro Jenkis Villalobos
Luis Daniel Rodríguez

172 comentarios:

  1. Medidas Dadas traducidas por el traductor de Google

    86. Por estas razones,
    EL TRIBUNAL DE JUSTICIA,
    Indica que las medidas provisionales siguientes:
    (1) Por unanimidad,
    Cada Parte se abstendrá de enviar a, o mantener en el territorio en disputa, incluido el caño, el personal de alguno, si la policía civil, o la seguridad;


    (2) Por trece votos contra cuatro,


    No obstante el punto (1), Costa Rica podrá enviar personal civil encargado de la protección del medio ambiente en el territorio en disputa, incluido el caño, pero sólo en la medida en que sea necesario para evitar un perjuicio irreparable causado a la parte del humedal en ese territorio se encuentra, Costa Rica consultará con la Secretaría de la Convención de Ramsar en relación con estas acciones, dar a Nicaragua previo aviso de ellos y hacer todo lo posible para encontrar soluciones comunes con Nicaragua a este respecto;


    A FAVOR: Owada, Presidente; Tomka Vice-Presidente; Koroma Jueces, Al-Khasawneh, Simma, Abraham, Keith, Bennouna, Cançado Trindade, Yusuf, Greenwood, Donoghue, Juez ad hoc Dugard;


    EN CONTRA: Jueces Sepúlveda-Amor, Skotnikov, Xue, Juez ad hoc Guillaume;


    (3) Por unanimidad,


    Las Partes se abstendrán de toda acción que pueda agravar o prolongar la controversia ante la Corte o que sea más difícil de resolver;


    (4) Por unanimidad,


    Cada Parte comunicará a la Corte en cuanto a su cumplimiento de las medidas provisionales anteriores
    Escuchar
    Leer fonéticamenteDiccionario - Ver diccionario detallado

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  2. Gerardo Víquez González10 de marzo de 2011, 8:36 p.m.

    En resumen:

    ‎1)Trabajadores y ejercito nica fuera portillos 2)Cuidar humedal con civiles ticos (Pidiéndole permiso a Ramsar que ya dijeron estar preocupados por el daño ambiental de humedal). Se dictó lo que a CR le interesaba :D

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  3. La verdad que sí... pretender también la suspensión del dragado era buchonada y no el tema central... esos dos puntos eran los importantes... creo que es una victoria para Costa Rica...

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  4. Gerardo Víquez González10 de marzo de 2011, 8:44 p.m.

    Algo que no esperaba era que a CR se le diera el derecho de reparar el daño ambiental sin que la corte se pronunciara a quién le pertenece el territorio. Desde la óptica nica, CR podría meterse en su territorio pidiéndole permiso a Ramsar a deshacer los trabajos en los que ellos ya invirtieron un montón de plata (y la vida de un trabajador nicaragüense que murió en los trabajos). Además le prohíbe a Nicaragua hacer trabajos que agraven la situación, lo que protege la margen derecha y el río Colorado.

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  5. Ajá... así que haber llevado el caso a la OEA fue positivo después de todo...

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  6. Si bien es cierto, esta es la opinion de solo uno de los jueces, es importante rescatar que a su juicio, Costa Rica ha demostrado mayores argumentos en cuando al derecho de propiedad sobre ese terreno. Eso es una excelente noticia de cara al juicio que recien comienza.

    Saludos Luis Daniel.

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  7. Victoria Victoria no es la palabra adecuada, creo coincidir con Muchos en que eso se de cuando recupermos Isla Portillos,

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  8. Según el DRAE:

    "victoria.

    (Del lat. victorĭa).


    1. f. Superioridad o ventaja que se consigue del contrario, en disputa o lid.

    2. f. Vencimiento o sujeción que se consigue de los vicios o pasiones."


    Hay victorias parciales, totales, pequeñas, grandes... de una batalla, de una guerra... de una mera discusión...

    Después del calvario que fue tratar de presionar en la OEA la mera evacuación de la zona del personal de ambos países, ¿cómo no se va a considerar este resultado una victoria, por parcial o pequeña que sea?

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  9. buenas tardes Gerardo Viquez, no comprendo cómo Costa Rica pueda reparar el daño, ¿Se puede entonces cerrar ese hueco con voluntarios ambientales?

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  10. Gerardo Víquez González10 de marzo de 2011, 8:50 p.m.

    La segunda resolución de la corte fue la siguiente:

    "No obstante el punto (1), Costa Rica podrá enviar personal civil encargado de la protección del medio ambiente en el territorio en disputa, incluido el caño, pero sólo en la medida en que sea necesario para evitar un perjuicio irreparable causado a la parte del humedal que se encuentra en ese territorio, Costa Rica consultará con la Secretaría de la Convención de Ramsar en relación con estas acciones, dar a Nicaragua previo aviso de ellos y hacer todo lo posible para encontrar soluciones comunes con Nicaragua a este respecto;"

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  11. Hola a todos, al parecer será RAMSAR quien determine que acciones deben realizarse para "reparar el daño" a todos nosotros nos encantaría que RAMSAR ordene el ciere "temporal" del caño para vovler al estatus quo de mediados de 2010, pero no estoy seguro que eso pase.

    Hablando de otra cosa, me llama la atención que muchos foristas de La Nacion vean como un fracaso las medidas cautelares de hoy cuando nos están otorgando lo que venimos clamando de desde diciembre.... Que salgan las tropas nicas de Finca Aragón.

    Vale la pena recordar que el problema no inició por el daño ambiental, eso , a mi parecer, fue una estrategia de Costa Rica para darle "peso" y urgencia al caso. Pero el problema principal era que teniamos militares Nicas dentro de Costa Rica.

    Las medidas cautelares nos quitan por fin ese peso de tener nuestra soberanía mancillada, en 3 o 4 años la corte dará su veredicto, todo parece indicar (por los argumentos de este blog) que se le dara la razon a Costa Rica.

    Saludos Luis Daniel

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  12. El informe de RAMSAR no podrá ser validado sin los argumentos en el terreno de los nicaraguenses. Me parece que Uds. son un grupito que se reconfortan entre Uds. mismos. La realidad es que la antesala del juicio está a favor de Nicaragua. Ramsar como organización internacional tendrá que hacer lo necesario para verificar no solo los humedales; sino su composición y la causa por la cual se forman rapidamente en el Rio San Juan. Obviamente se encontrarán que los ticos ejercen acción artificial en la formación de los humedales; y si le van con cuento a la corte, que no son ningunos tontos, los descalificarán. Esta es mi opinión personal. Es como decirle "Mapa" a un croquis, eso te descalifica en el momento.

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  13. Gerardo Víquez González10 de marzo de 2011, 9:02 p.m.

    La segunda resolución de la corte fue la siguiente:

    "No obstante el punto (1), Costa Rica podrá enviar personal civil encargado de la protección del medio ambiente en el territorio en disputa, incluido el caño, pero sólo en la medida en que sea necesario para evitar un perjuicio irreparable causado a la parte del humedal que se encuentra en ese territorio, Costa Rica consultará con la Secretaría de la Convención de Ramsar en relación con estas acciones, dar a Nicaragua previo aviso de ellos y hacer todo lo posible para encontrar soluciones comunes con Nicaragua a este respecto;"

    Habla de consultar a Ramsar y de dar previo aviso a Nicargua sobre acciones para evitar daños irreparables. En ningún momento dijeron pedir la validación de Nicaragua, la parte de validar le toca a la convención Ramsar.

    De paso le invito a leer El Informe de la mision Ramsar de asesoramiento no.69 del 3 de enero del 2011, que le permitirá tener una idea sobre la posición de dicha convención sobre los daños en la zona. En un comentario más abajo que le hice a María puse un extracto de dicho informe.

    Por cierto sería bueno que si posee algún estudio de daños ambientales hechos por CR a Nic y que se hubiese publicado antes de Octubre del 2010 lo comparta.

    Unos de los argumentos de Nicaragua ha sido que el Colorado le ha robado aguas al San Juan por acciones de CR. Ese argumento ya lo desmentimos mediante varios documentos históricos del siglo XIX que relatan que dicha situación ya se daba incluso años antes de la llegada de E.P.Alexander y no por razones causadas por CR

    Si le interesa leer esas citas la puede encontrar en el post "Un San Juan Cambiante"

    Saludos.

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  14. Creo que me comprendió mal, Gerardo. RAMSAR envío un informe a la delegación tica en la CIJ, y esta la presentó como prueba ante la Corte. Eso definitivamente está viciado, porque ni escucharon la versión nicaraguense, ni fueron al terreno a comprobarlo. El alcance de esto se lo dejo al alcance de su entendimiento y al de cualquier otro lector.

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  15. Gerardo Víquez González10 de marzo de 2011, 9:03 p.m.

    Su tesis es que una convención internacional para la protección del ambiente comprometió su imagen inmiscuyéndose en un conflicto internacional, haciendo aseveraciones basadas en absolutamente nada, para posteriormente retractarse de todo lo que publicó y empezar a defender la construcción de un canal artificial que evidentemente no existía en Octubre del 2010. Todo esto basándose en las pretensiones del Gobierno de Nicaragua de demandar a Costa Rica por daños ambientales y que curiosamente dichas pretensiones de acusar a Costa Rica surgieron después de que inició el conflicto, pero simplemente no podemos suponer que estén viciadas por los propios intereses del Gobierno Nicaraguense.

    Algo curioso es que Nicaragua ha acusado a CR de desviar las aguas del San Juan al Colorado artificialmente por acciones ejecutadas en 1948, pero durante todos estos 63 años olvidó tan siquiera hacer algun reclamo o demanda a mi país. De repente surge un conflicto y todas esa acusaciones son ciertas... mmm

    Incluso Ortega ya había dicho que iba a demandar a CR por dichos daños ambientales desde que inició el conflicto, pero entonces no se supone que ya debían tener todos los estudios listos desde hace mucho tiempo, no hay sentido en esperar a que CR los demandara, ni siquiera tenian que esperar a iniciar el dragado para demandar a CR.

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  16. Con todo respeto, algo viciado fue enseñarle a nuestro Ministro de Relaciones Exteriores un Estudio de Impacto Ambiental (EIA), el cual efectivamente si se había realizado, y posteriormente a sus declaraciones a la prensa de que todo estaba en orden, aparte de que Costa Rica realizó sus propios estudios de comprobación que corroboraban lo dicho en ese EIA, el mismo fue variado. Este estudio nos fue entregado hasta el 4 de Enero del 2011 y el juez alemán Sr Simma, dentro de las 8 preguntas que se le formularon a los abogados de Nicaragua el 13 de Enero (2011), realiza su tercer pregunta:

    3. The dredging project concerning the San Juan river relates to a shared environment. In light of this, why was the Nicaraguan Environmental Impact Study prepared from 2006 onwards and the permit of the Environment Ministry of December 2008 for the San Juan dredging project to proceed, as well as the extension of the permit to the cleaning of the “caňo”, never communicated to Costa Rica?

    Traducción: 3. El proyecto de dragado concerniente al río San Juan se relaciona a un ambiente compartido. En vista de esto, por qué el Estudio de Impacto Ambiental Nicaragüense realizado a partir del 2006 y el permiso de Diciembre del 2008 del Ministerio del Ambiente para proceder con el proyecto del dragado del San Juan, así como la extensión del permiso para la limpieza del "caño", nunca le fue comunicado a Costa Rica?

    Aquí podemos ver, por lo menos de parte de este juez, que aunque ellos sabían de que Costa Rica se interesó en saber acerca del proyecto del dragado, de parte de Nicaragua nunca hubo un comunicado oficial y transparente. A tal punto que Nicaragua lo declaró secreto de estado.

    Cuando algo se quiere hacer bien hecho, sencillamente se hace bien. A nadie se está engañando. Ud. dice que Ramsar no escuchó la versión nicaragüense, ni fue al terreno a comprobarlo. Los jueces están enterados de eso, no los estamos engañando.

    En el informe emitido por Ramsar, el primer punto de las conclusiones dice textualmente (página 3):

    "Conclusiones

    • De acuerdo al análisis de la información técnica suministrada por el Gobierno de Costa Rica ..."

    En la página 10 del informe se lee textualmente:

    "Programa de Actividades
    ...

    La Misión intentó realizar un sobrevuelo en el área del humedal Caribe Noreste pero por las
    condiciones climáticas y de seguridad no fue posible llevarlo a cabo."

    Con respecto a la versión nicaraguense, sinceramente, me gustaría escucharla.

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  17. Desde luego que sí, invitado. RAMSAR les va a dar un informe en donde se beneficie a los nicaragüenses y la existencia del caño. Creo que a esta organización ya se les olvido todas las injurias y calumnias y desacreditaciones que vertieron sobre ellos los nicaragüenses.

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  18. Gerardo Víquez González10 de marzo de 2011, 9:44 p.m.

    La segunda resolución de la corte fue la siguiente:

    "No obstante el punto (1), Costa Rica podrá enviar personal civil encargado de la protección del medio ambiente en el territorio en disputa, incluido el caño, pero sólo en la medida en que sea necesario para evitar un perjuicio irreparable causado a la parte del humedal que se encuentra en ese territorio, Costa Rica consultará con la Secretaría de la Convención de Ramsar en relación con estas acciones, dar a Nicaragua previo aviso de ellos y hacer todo lo posible para encontrar soluciones comunes con Nicaragua a este respecto;"

    Habla de consultar a Ramsar y de dar previo aviso a Nicargua sobre acciones para evitar daños irreparables. En ningún momento dijeron pedir la validación de Nicaragua, la parte de validar le toca a la convención Ramsar.

    De paso le invito a leer El Informe de la mision Ramsar de asesoramiento no.69 del 3 de enero del 2011, que le permitirá tener una idea sobre la posición de dicha convención sobre los daños en la zona. En un comentario más abajo que le hice a María puse un extracto de dicho informe.

    Por cierto sería bueno que si posee algún estudio de daños ambientales hechos por CR a Nic y que se hubiese publicado antes de Octubre del 2010 lo comparta.

    Unos de los argumentos de Nicaragua ha sido que el Colorado le ha robado aguas al San Juan por acciones de CR. Ese argumento ya lo desmentimos mediante varios documentos históricos del siglo XIX que relatan que dicha situación ya se daba incluso años antes de la llegada de E.P.Alexander y no por razones causadas por CR

    Si le interesa leer esas citas la puede encontrar en el post "Un San Juan Cambiante"

    Saludos.

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  19. Gerardo Víquez González10 de marzo de 2011, 9:47 p.m.

    La segunda resolución de la corte fue la siguiente:

    "No obstante el punto (1), Costa Rica podrá enviar personal civil encargado de la protección del medio ambiente en el territorio en disputa, incluido el caño, pero sólo en la medida en que sea necesario para evitar un perjuicio irreparable causado a la parte del humedal que se encuentra en ese territorio, Costa Rica consultará con la Secretaría de la Convención de Ramsar en relación con estas acciones, dar a Nicaragua previo aviso de ellos y hacer todo lo posible para encontrar soluciones comunes con Nicaragua a este respecto;"

    Habla de consultar a Ramsar y de dar previo aviso a Nicargua sobre acciones para evitar daños irreparables. En ningún momento dijeron pedir la validación de Nicaragua, la parte de validar le toca a la convención Ramsar.

    De paso le invito a leer El Informe de la mision Ramsar de asesoramiento no.69 del 3 de enero del 2011, que le permitirá tener una idea sobre la posición de dicha convención sobre los daños en la zona. En un comentario más abajo que le hice a María puse un extracto de dicho informe.

    Por cierto sería bueno que si posee algún estudio de daños ambientales hechos por CR a Nic y que se hubiese publicado antes de Octubre del 2010 lo comparta.

    Unos de los argumentos de Nicaragua ha sido que el Colorado le ha robado aguas al San Juan por acciones de CR. Ese argumento ya lo desmentimos mediante varios documentos históricos del siglo XIX que relatan que dicha situación ya se daba incluso años antes de la llegada de E.P.Alexander y no por razones causadas por CR

    Si le interesa leer esas citas la puede encontrar en el post "Un San Juan Cambiante"

    Saludos.

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  20. Creo que me comprendió mal, Gerardo. RAMSAR envío un informe a la delegación tica en la CIJ, y esta la presentó como prueba ante la Corte. Eso definitivamente está viciado, porque ni escucharon la versión nicaraguense, ni fueron al terreno a comprobarlo. El alcance de esto se lo dejo al alcance de su entendimiento y al de cualquier otro lector.

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  21. Creo que me comprendió mal, Gerardo. RAMSAR envío un informe a la delegación tica en la CIJ, y esta la presentó como prueba ante la Corte. Eso definitivamente está viciado, porque ni escucharon la versión nicaraguense, ni fueron al terreno a comprobarlo. El alcance de esto se lo dejo al alcance de su entendimiento y al de cualquier otro lector.

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  22. Creo que me comprendió mal, Gerardo. RAMSAR envío un informe a la delegación tica en la CIJ, y esta la presentó como prueba ante la Corte. Eso definitivamente está viciado, porque ni escucharon la versión nicaraguense, ni fueron al terreno a comprobarlo. El alcance de esto se lo dejo al alcance de su entendimiento y al de cualquier otro lector.

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  23. Creo que me comprendió mal, Gerardo. RAMSAR envío un informe a la delegación tica en la CIJ, y esta la presentó como prueba ante la Corte. Eso definitivamente está viciado, porque ni escucharon la versión nicaraguense, ni fueron al terreno a comprobarlo. El alcance de esto se lo dejo al alcance de su entendimiento y al de cualquier otro lector.

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  24. Gerardo Víquez González10 de marzo de 2011, 11:57 p.m.

    Su tesis es que una convención internacional para la protección del ambiente comprometió su imagen inmiscuyéndose en un conflicto internacional, haciendo aseveraciones basadas en absolutamente nada, para posteriormente retractarse de todo lo que publicó y empezar a defender la construcción de un canal artificial que evidentemente no existía en Octubre del 2010. Todo esto basándose en las pretensiones del Gobierno de Nicaragua de demandar a Costa Rica por daños ambientales y que curiosamente dichas pretensiones de acusar a Costa Rica surgieron después de que inició el conflicto, pero simplemente no podemos suponer que estén viciadas por los propios intereses del Gobierno Nicaraguense.

    Algo curioso es que Nicaragua ha acusado a CR de desviar las aguas del San Juan al Colorado artificialmente por acciones ejecutadas en 1948, pero durante todos estos 63 años olvidó tan siquiera hacer algun reclamo o demanda a mi país. De repente surge un conflicto y todas esa acusaciones son ciertas... mmm

    Incluso Ortega ya había dicho que iba a demandar a CR por dichos daños ambientales desde que inició el conflicto, pero entonces no se supone que ya debían tener todos los estudios listos desde hace mucho tiempo, no hay sentido en esperar a que CR los demandara, ni siquiera tenian que esperar a iniciar el dragado para demandar a CR.

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  25. Con todo respeto, algo viciado fue enseñarle a nuestro Ministro de Relaciones Exteriores un Estudio de Impacto Ambiental (EIA), el cual efectivamente si se había realizado, y posteriormente a sus declaraciones a la prensa de que todo estaba en orden, aparte de que Costa Rica realizó sus propios estudios de comprobación que corroboraban lo dicho en ese EIA, el mismo fue variado. Este estudio nos fue entregado hasta el 4 de Enero del 2011 y el juez alemán Sr Simma, dentro de las 8 preguntas que se le formularon a los abogados de Nicaragua el 13 de Enero (2011), realiza su tercer pregunta:

    3. The dredging project concerning the San Juan river relates to a shared environment. In light of this, why was the Nicaraguan Environmental Impact Study prepared from 2006 onwards and the permit of the Environment Ministry of December 2008 for the San Juan dredging project to proceed, as well as the extension of the permit to the cleaning of the “caňo”, never communicated to Costa Rica?

    Traducción: 3. El proyecto de dragado concerniente al río San Juan se relaciona a un ambiente compartido. En vista de esto, por qué el Estudio de Impacto Ambiental Nicaragüense realizado a partir del 2006 y el permiso de Diciembre del 2008 del Ministerio del Ambiente para proceder con el proyecto del dragado del San Juan, así como la extensión del permiso para la limpieza del "caño", nunca le fue comunicado a Costa Rica?

    Aquí podemos ver, por lo menos de parte de este juez, que aunque ellos sabían de que Costa Rica se interesó en saber acerca del proyecto del dragado, de parte de Nicaragua nunca hubo un comunicado oficial y transparente. A tal punto que Nicaragua lo declaró secreto de estado.

    Cuando algo se quiere hacer bien hecho, sencillamente se hace bien. A nadie se está engañando. Ud. dice que Ramsar no escuchó la versión nicaragüense, ni fue al terreno a comprobarlo. Los jueces están enterados de eso, no los estamos engañando.

    En el informe emitido por Ramsar, el primer punto de las conclusiones dice textualmente (página 3):

    "Conclusiones

    • De acuerdo al análisis de la información técnica suministrada por el Gobierno de Costa Rica ..."

    En la página 10 del informe se lee textualmente:

    "Programa de Actividades
    ...

    La Misión intentó realizar un sobrevuelo en el área del humedal Caribe Noreste pero por las
    condiciones climáticas y de seguridad no fue posible llevarlo a cabo."

    Con respecto a la versión nicaraguense, sinceramente, me gustaría escucharla.

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  26. Es triste leer comentarios belicistas en este foro, especialmente de un señor que tiene una carita de perro, que se hace llamar Terox. También es triste ver el belicismo dentro del gabinete de la Sra. Chinchilla. Les hago notar que en un conflicto armado o guerra nadie gana. La experiencia de los nicaraguenses es que las guerras solo traen dolor, desgracias, pobreza y muerte. Los dos pueblos, el tico y el nica, debemos de hacer todo lo posible para evitar una guerra. Este es, quizás, el comentario más intelectual, más real y más verdadero que muchos que hay en este foro, incluido los de Terox.

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  27. ¿Se habrá leido los comentarios o sólo opina por la "carita de perro"? ¿Cuál comentario mío considera Ud belicista?

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  28. Hola TEROX, si has hecho comentarios belicistas. Lo hicistes el año pasado cuando solo tenian la primera sección "A las pruebas me remito"; sin embargo ponerme a buscar eso es pérdida de tiempo.

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  29. Diay, linkee uno y le creo... yo recuerdo que al principio hubo intercambios sarcásticos con un tal Daniel, porque ese era el tono que él empleaba, pero nunca he hecho ningún comentario "belicista". Si lo encuentra, con gusto le pediré perdón.

    Tal vez es que no está Ud usando el término adecuado:

    belicista.

    1. adj. Partidario del belicismo. U. t. c. s.

    belicismo. (De bélico).

    1. m. Tendencia a tomar parte en conflictos armados.

    bélico, ca. (Del lat. bellĭcus).

    1. adj. guerrero (‖ perteneciente a la guerra).

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  30. A ver Terox aqui le "linko" uno ("linke" ???):

    Usted lo dijo hace 3 meses en la sección "A las pruebas me remito", aqui está:

    TEROX dijo: "Alejandro, creo que el gobierno ha actuado correctamente. Lo que pasa es que no se puede demostrar algo si la contraparte simplemente ignora los argumentos e insiste en discutir temas inconexos (nada más vea la actitud de los comentaristas nicaragüenses en este foro). Y las partes neutrales (OEA, ONU, etc) todavía no van a emitir un criterio, por más pruebas que Ud les enseñe. Los daños ecológicos es tal vez la vía más rápida de hacer reaccionar a otros países, aunque ya el daño está hecho. La única alternativa era haber tenido un enfrentamiento armado... "

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  31. ¿Y en qué sentido es belicista? ¿No dice literalmente que el gobierno ha actuado correctamente, en contraste con la alternativa, que era, precisamente un enfrentamiento armado?

    Al contrario, estoy contestando a los que consideran que falta de agresividad en la actuación del gobierno ha perjudicado la posición costarricense...

    Tal vez otro de mis comentarios "belicistas" le aclaren aún más mi posición:

    "Marco, en el mundo diplomático es así. Yo me imagino que el video y la presentación irían acompañados de documentos.... pero igual, el caso hay que "madurarlo", nadie te va a respaldar de inmediato, por más pruebas que tengás... nadie se quiere meter en un pleito ajeno, a menos que sea indispensable... por eso hay que tener paciencia y hacerlo indispensable... "

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  32. Bueno, los nicas se deben retirar de Isla Calero y la administración del lugar se le dio a Costa Rica en conjunto con Ramsar. Se nos ratificó en parte nuestra soberanía :)

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  33. No se ractificó, eso se logrará el día que recupermos Isla Portillo !

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  34. Ojo a esta noticia: Expertos de la UNA difieren sobre triunfo tico en resolución de La Haya:

    "Es decir, la soberanía absoluta que Costa Rica tenía sobre esa región, queda ahora en una soberanía absolutamente relativa, sujeta a los comunicados que Costa Rica tenga que estarle haciendo a Nicaragua para enviar costarricenses civiles a vigilar que el humedal no sufra daño, cuando esos humedales, desde hace más de 25 años, han sido reportados por Costa Rica a Ramsar como parte de su territorio"

    Puta, ¿son ganas de joder o qué? Chingo de experto en relaciones internacionales (nada menos que el subdirector de la Escuela de ídem en la UNA)... se sabe que son medidas cautelares que en nada adelantan sobre el fondo de la demanda... ¿esperaba que ad portas le dieran la razón a Costa Rica?

    No es por nada, pero ese carajo está dejando por el suelo a la UNA...

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  35. Gerardo Víquez González11 de marzo de 2011, 12:13 a.m.

    Me parece muy válida su crítica. Parece ser que el señor está un poco desesperado por obtener una respuesta YA!!!, cuando se sabe que la diplomacia es un medio lento.

    Costa Rica lo que está logrando es proteger una zona de su territorio de mayores daños.

    Ahora que alguien por ahí nos anda acusando de llamar a las armas en este blog, voy a hacer una analogía de como sería si fuera un conflicto armado.

    Lo obtenido con las medidas cautelares sería equivalente a enviar a un ejército a luchar por una zona en conflicto (pero sin los balazos, las muertes, etc) y que aún así el país no podría tener total acceso al tratarse de una zona en Guerra. Algo que la gente olvida y se desespera por lo largo de la resolución de la CIJ es que un enfrentamiento armado puede durar lo mismo, o más, puede salir igual de caro, o más y finalmente existe un invaluable ahorro en vidas humanas.

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  36. Acá la cosa no termina, mas bien empeiza, lastima que unos visitantes anonimos no han ingresado aportar nada al tema, aca no es de insultar, sino de aportar seriamente al Blog, por que muchos somos muy ignorantes, pero no quiere decir que seamos estupidos, y no nos pondremos a gritar que ganamos, solo por gritar, sino vermos como triunfo cuando logremos el regreso de la isla Portillos, y Nicaragua sea señalada por esta acción, a menos que estemos equivocados !(cosa que no creo por lo expuesto acá !!)

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  37. He visto mucha gente opinando amargamente (blogs, periódicos) sobre el resultado de las medidas cautelares anunciadas ayer...

    Y es realmente frustrante que tanta gente opine así, me imagino que movido más por sus sentimientos, que por verdaderos resultados realistas que se hubieran podido obtener. Yo no sé que esperaban... ¿una orden de captura contra Daniel Ortega?

    Como puse en un blog por ahí: para esperar más que el fallo de hoy, habría que ser fanático, cínico o ignorante

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  38. +1 me uno a tu comentario.
    Vistes como confunde tu foto !!
    Y lo recalco para los Nicaraguenses que ingrese a este Blog, que la foto es de un perro del compañero Terox, no lo tomen a mal !!

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  39. Imperial para los ticos,
    y nada de escupir el suelo, o comer un confite, o arrugar la cara !!

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  40. Gerardo Víquez González11 de marzo de 2011, 12:22 a.m.

    Evidentemente la gran mayoría de reacciones negativas se deben a una falta de entendimiento sobre las limitaciones de las medidas cautelares, de qué era lo que solicitaba CR y de qué fue lo que se concedió.

    Por ejemplo lo que se ha hablado es de una derrota en detener el dragado, cuando la medida 5 solicitaba por CR habla claramente que se suspendiera la parte del programa que apuntara a la ocupación, inundación y daño al territorio costarricense. CR nunca se negó a que se dragara lo que no le afectara su territorio. Basta con leer el artículo 6 del Laudo Cleveland para entender la posición de CR.

    La medida 1 hace que el ejército de Nicaragua ya no entre y salga cuando se le antoje.

    La medida 2 le da a CR la posibilidad de proteger su territorio mientras se extiende el Juicio.

    La medida 3 de la corte dice que:

    "Las partes se abstendrán de toda acción que pueda agravar o prolongar la controversia ante la Corte o que sea más difícil de resolver;"

    Esta medida es bastante amplia y podría abarcar desde la no deposición de sedimentos sobre la margen derecha hasta evitar el desvió de aguas del río Colorado. Habrá que esperar cómo se aplicará esta medida.

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  41. Para mi se logro lo que se necesitaba, y era que Nicaragua no pudiera estacionar mas Soldados ni que pudiera seguir ampliando el caño Pastora... lo del dragado es un derecho que tienen los Nicas por ser los dueños del Rio San juan y que la corte ya se habia pronunciado en el año 2009.

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  42. Estas medidas cautelares emitidas por la CIJ son las mismas recomendaciones que habia dado la OEA en su momento y que Costa Rica estaba de acuerdo en cumplir. Algunos expertos Ticos dicen que perdimos porque ahora el terreno ya no es Tico sino que se considera en disputa, pero bueno para eso tenemos 2 años o mas para demostrar que es nuestro y ya los Nicas no pueden mandar su ejercito a intimidar a esta zona.... y la salida que querian hacer al mar por el caño Pastora se las pararon en seco....

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  43. Diario La República Marzo 9, 2011 - Nota: "Isla Portillo...tierra de nadie"

    “Lástima que la Corte no nos dio la razón sobre la soberanía de la Isla Portillo, lo del tema del dragado es más complejo, tendrá que definirse con más cuidado.”, dijo Bruno Stagno, ex canciller de la República.


    1.- Invasión: El punto más crítico para el país era demostrar una invasión. La Corte (CIJ) no utiliza este término en su comunicado.
    2.- Daño Ambiental: El país (Costa Rica) no fue capaz de demostrar que las acciones nicas del dragado ponen en riesgo el medio ambiente costarricense.
    3.- Soberanía Territorial: Civiles nacionales ahora tendrá que solicitar permiso para ir a su propio territorio, igual que para hacer obras que permitan restituir el estatu quo.

    Con sus mismas noticias, con sus mismas opiniones literales, los nicas podemos refutar a los ticos. Si eso no es derrota para los ticos, no entienden lo que eso significa. Nicaragua ganó en casi todo.

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  44. La invasion va a quedar mas que demostrada cuando la CIJ emita el veredicto final y diga que esa Tierra es Tica....
    Si hacer un caño en medio de un Humedal no es daño ambiental entonces como se hace daño ambiental? solo derramando arsenico o venenos mas pesados?
    No tenemos que pedir permiso solo coordinar con Ransar y NOTIFICAR o NOTIFICAR, en ningun lado dice que Nicaragua rtenga que dar permiso de nada....

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  45. Gerardo Víquez González11 de marzo de 2011, 12:30 a.m.

    1. La corte no iba a pronunciarse sobre invasión al territorio costarricense en las medidas cautelares porque ese es el mismo objeto del juicio y que solo será determinado en el fallo final.

    2. Sobre el daño ambiental hay que hacer una aclaración importante: daño ambiental y daño ambiental de caracter irrevesible no son lo mismo. La corte habló de que por el momento no encontró suficientes pruebas de que el daño ambiental fuera de caracter irrevesible. Ese caracter irrevesible es lo que hace que la corte dicte o no una medida cautelar. Ver: http://www.elpais.cr/articulos.php?id=42279

    3. CR no podía tener libre acceso a dicho territorio desde que el ejécito de Nicaragua inició los trabajos en Octubre del 2010. La accesibilidad completa a dicho territorio solo se obtendrá en el fallo final. El que la corte le permitiera a Costa Rica enviar civiles para evitar daños ambientales de caracter irrevesible (según lo determine Ramsar) le permite al país proteger dicho territorio de las acciones del ejército nicaraguense y de la erosión provocada por el canal a lo largo de los años que dure el juicio.

    4. CR logró hacer que el ejército de Nicaragua dejara de entrar y salir de isla Portillos cuando se les antojara y sin disparar una sola arma. Algunas personas olvidan que el hecho del que el ejército se retirara temporalmente no quería decir que lo volvieran a hacer si la corte no prohibía explícitamente.

    Le dejo cuales fueron las medidas que había solicitado CR para que explique a que se refiere con que Nic ganó casi en todo.

    1. El retiro incondicional de todas las tropas nicaragüenses de los territorios costarricenses ilegítimamente invadidos y ocupados.

    2. El cese inmediato de la construcción de un canal a través de territorio costarricense.

    3. El cese inmediato de la tala de árboles y la corta de vegetación en el territorio costarricense incluidos los humedales y bosque.

    4.Que se detenga inmediatamente el depósito de sedimento en el territorio costarricense.

    5. La suspensión del actual programa de dragado, que apunte a la ocupación, inundación y daño al territorio costarricense, así como el que afecte seriamente a la navegación del Río Colorado, esto basado en el laudo de Cleveland y a la espera de la resolución de esta disputa.

    6. Que Nicaragua se abstenga de cualquier otra acción que pueda perjudicar los derechos de Costa Rica, lo cual podría agravar o extender este disputa ante la corte.

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  46. Gerardo Víquez González11 de marzo de 2011, 12:35 a.m.

    1. La corte no iba a pronunciarse sobre invasión al territorio costarricense en las medidas cautelares porque ese es el mismo objeto del juicio y que solo será determinado en el fallo final.

    2. Sobre el daño ambiental hay que hacer una aclaración importante: daño ambiental y daño ambiental de caracter irrevesible no son lo mismo. La corte habló de que por el momento no encontró suficientes pruebas de que el daño ambiental fuera de caracter irrevesible. Ese caracter irrevesible es lo que hace que la corte dicte o no una medida cautelar. Ver: http://www.elpais.cr/articulos.php?id=42279

    3. CR no podía tener libre acceso a dicho territorio desde que el ejécito de Nicaragua inició los trabajos en Octubre del 2010. La accesibilidad completa a dicho territorio solo se obtendrá en el fallo final. El que la corte le permitiera a Costa Rica enviar civiles para evitar daños ambientales de caracter irrevesible (según lo determine Ramsar) le permite al país proteger dicho territorio de las acciones del ejército nicaraguense y de la erosión provocada por el canal a lo largo de los años que dure el juicio.

    4. CR logró hacer que el ejército de Nicaragua dejara de entrar y salir de isla Portillos cuando se les antojara y sin disparar una sola arma. Algunas personas olvidan que el hecho del que el ejército se retirara temporalmente no quería decir que lo volvieran a hacer si la corte no prohibía explícitamente.

    Le dejo cuales fueron las medidas que había solicitado CR para que explique a que se refiere con que Nic ganó casi en todo.

    1. El retiro incondicional de todas las tropas nicaragüenses de los territorios costarricenses ilegítimamente invadidos y ocupados.

    2. El cese inmediato de la construcción de un canal a través de territorio costarricense.

    3. El cese inmediato de la tala de árboles y la corta de vegetación en el territorio costarricense incluidos los humedales y bosque.

    4.Que se detenga inmediatamente el depósito de sedimento en el territorio costarricense.

    5. La suspensión del actual programa de dragado, que apunte a la ocupación, inundación y daño al territorio costarricense, así como el que afecte seriamente a la navegación del Río Colorado, esto basado en el laudo de Cleveland y a la espera de la resolución de esta disputa.

    6. Que Nicaragua se abstenga de cualquier otra acción que pueda perjudicar los derechos de Costa Rica, lo cual podría agravar o extender este disputa ante la corte.

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  47. Qué artículo más tendencioso es de la República... ¿cómo van a decir que ahora es tierra de nadie porque la CIH no dijo expresamente que fuera costarricense? Se están poniendo al nivel de los medios al norte de la frontera...

    Y evidentemente, Stagno está (políticamente) chimado con este gobierno...

    ¿Será por esto Procuraduría achaca falta ética al excanciller Bruno Stagno?

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  48. Bien Contestao !! Don Gerardo, más claro solo el agua de Sacramento de San José de la Montaña !!
    Lo repito por las dudas " La corte no iba a pronunciarse sobre invasión al territorio costarricense en las medidas cautelares porque ese es el mismo objeto del juicio y que solo será determinado en el fallo final"
    por eso no se podía de hablar de ganadores o perdedores, más bien hay que verle las ventajas, y ya Don Gerardo las dió a conocer

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  49. Lastima que el señor Invitado no use un nombre, pero tienes toda la razón, y creo que este señor Bruno, se equivoca, las medidas cautelares son eso, de cautela, obvio que la sobreanía no estaba en el tapete.

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  50. Y el nombre de TEROX ¿Cuál es?

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  51. Gerardo Víquez Gozález11 de marzo de 2011, 12:47 a.m.

    Mmm el anonimato es una opción libre de la internet, pero si sería recomendable que Invitado usara un alias que lo caracterizara en caso de que otro "Invitado" se presente. El sistema de comentarios de disqus da la opción de ponerse un alias sin necesidad de tener una cuenta en disqus, facebook, twitter, openiD o yahoo.

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  52. Como que tenés una fijación conmigo... qué miedo... ¿no te llamarás Daniel, de casualidad?

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  53. Gerardo Víquez González11 de marzo de 2011, 12:54 a.m.

    Mae terox, ud podría poner un anuncio como los de la tele. Una vara así:

    "Si querés saber más de terox y de su perro lo podés buscar en:
    http://www.blogger.com/profile/10339156634518838521 "

    jajaja

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  54. ¿Cuatelares? O sea, de los cuates... jajajaja

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  55. Gerardo Víquez González11 de marzo de 2011, 12:57 a.m.

    Mae no me había dado cuenta... eso es lo que deja el cansancio jejeje. Bueno corrección hecha gracias.

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  56. La CIJ definitivamente nos ha permitido cerrar el "caño".

    En el Informe Final de la Misión Ramsar de Asesoramiento No. 69, una de las recomendaciones (pág. 27) dice:

    • "Para mantener las condiciones ecológicas actuales del humedal se debería restaurar los
    patrones de escurrimiento superficial antes que ocurra la ruptura de la barra de la laguna
    los Portillos"

    La CIJ en su considerando Nº 80 de la Orden de Medidas Cautelares (del cual se extrae la segunda medida cautelar) dice:

    "80. Whereas the disputed territory is moreover situated in the “Humedal Caribe Noreste”
    wetland, in respect of which Costa Rica bears obligations under the Ramsar Convention; whereas
    the Court considers that, pending delivery of the Judgment on the merits, Costa Rica must be in a
    position to avoid irreparable prejudice being caused to the part of that wetland where that territory
    is situated; whereas for that purpose Costa Rica must be able to dispatch civilian personnel
    charged with the protection of the environment to the said territory, including the caño, but only in
    so far as it is necessary to ensure that no such prejudice be caused; and whereas Costa Rica shall
    consult with the Secretariat of the Ramsar Convention in regard to these actions, give Nicaragua
    prior notice of them and use its best endeavours to find common solutions with Nicaragua in this
    respect"

    O sea, La CIJ ordena en su segunda medida cautelar que tenemos que consultar con Ramsar las acciones a seguir para evitar un daño irreparable en la parte del humedal en donde se encuentra el territorio en disputa. Pero resulta que Ramsar recomienda "restaurar los patrones de escurrimiento superficial" (aterren el "caño") para evitar la ruptura de lo que queda de la barra de arena que definía el "first channel met". Por dicha nos dejaron una buena cantidad de sedimento que podemos utilizar, porque llevarlo en helicóptero pude salir muy caro.

    A Nicaragua solo hay que notificarle de previo y "tratar de hermanarnos con Pastora y Ortega". Que prueba mas dura!

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  57. Basado en lo que escribistes en Inglés, Hellmuth, puedo ver inexactitudes en el criterio que posteriormente escribistes. Por ejemplo en inglés en ningún lado dice "restore" (que vendría a ser la palabra clave para "restaurar"); en vez de eso dice "avoid irreparable prejudice" (lo cual se traduce "evitar un daño irreparable"). Además se refiere a la protección del humedal incluyendo el caño, "including the caño", lo cual es una ordenanza que mientras dure el juicio el caño tiene que ser protegido al igual que el humedal. Al final este último criterio viene a oponerse frontalmente con su (Hellmuth) criterio. Póngale ojo a esto, ya que es mejor rectificar que lamentar.

    ResponderBorrar
  58. Invitado, el que tiene que poner ojo es Ud... la frase que usa Hellmut, como claramente dice él mismo, es del Informe Final de la Misión Ramsar de Asesoramiento No. 69, y está en español...

    Ahora, si la Corte presuponiera que no hay nada que hacer, no habría dado a RAMSAR el poder para definir que es lo que hay que hacer para evitar el daño ecológico... si RAMSAR ratifica que hay que tapar el caño, como ya lo dijo en ese informe, pues ni modo... habrá que taparlo...

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  59. Gerardo Víquez González11 de marzo de 2011, 1:03 a.m.

    Invitado lo que sugiere es que la Corte ordenó proteger el caño, incluso si Ramsar decide cerrarlo.

    ResponderBorrar
  60. En ese caso, le puden pedir una aclaración a la Corte... para mí es obvio que RAMSAR tiene potestad para cerrarlo o dejarlo así...

    ResponderBorrar
  61. Terox: Nicaragua también es parte de Ramsar, y lo que yo tengo entendido es que hasta ayer tres miembros de esa organización tuvieron oportunidad de hablar con los miembros nicaraguenses e hicieron una visita aérea en la zona del Río San Juan. Deduzco que de allí en adelante Ramsar puede emitir su criterio. Los jueces en la CIJ son gente que entiende bien cuando un informe está viciado, incompleto o parcializado. Los funcionarios ticos que trataron de que el informe de Ramsar pasara como cierto, más bien dañaron su proceso, y metieron en apuros a su propia gente. No se puede ganar el caso sin evidencias tangibles, a la fuerza y sin oir la opinión del contrario.
    Párrafo aparte, creo que hay que otorgar al contrario créditos si su criterio demuestra que es el que ve la mayoría, hablando del campo internacional; y no creer que porque tienen un desarrollo económico más bajo, no tienen los recursos educativos para hacerles frente legalmente. La subestimación va unida a la inexperiencia o a la ignorancia.
    Para finalizar dejeme decirle que la mayoría de nicas estamos en la oposición política en contra de Ortega, pero el tema del Río San Juan lo vemos como un asunto sin banderas políticas.

    ResponderBorrar
  62. Invitado, si Ud considera que ese estudio de RAMSAR está "amañado", debería haber empezado por ahí. El informe dice que la misión tuvo lugar entre el 27 de noviembre y el 1ero de diciembre de 2010. Entiendo que está elaborada por los enviados de RAMSAR a la zona, no por costarricenses... ¿por qué no solicitaron entonces otra misión desde Nicaragua, para "abrirles los ojos"? En cualquier caso, parece ser que los jueces de la Haya "compraron" la versión dada en ese informe, y hasta encargaron a Costa Rica, junto con RAMSAR, la protección ambiental. Que yo sepa, nada en las medidas cautelares parece dar pie a la suposición de que los jueces dudaron de ese informe, al menos en sus intenciones.

    Y no sé a que viene eso de involucrar acá el desarrollo económico, los recursos educativos, y otras cosas que nadie ha mencionado para nada en esta discusión. Ni siquiera hemos tocado el tema político de Ortega. Si se siente subestimado porque no se comparte su criterio, pues, es un asunto muy suyo. Creo que nadie ha dado pie aquí para eso...

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  63. Gerardo Víquez González11 de marzo de 2011, 1:07 a.m.

    Invitado si Ramsar determina que el caño que no existía en Octubre el 2010 sería el causante de los daños irreparables y esta convención decide cerrarlo, pues se cierra.

    Evitar daño irreparable implica tomar acciones que sean necesarias, no dejar el terreno sin tocar como lo sugiere usted.

    Decir que Ramsar no puede cerrar el caño, es decir que la corte mandó una medida cautelar para evitar daños irreparables, pero prohibiendo eliminar las causas de dichos daños irreparables. Una medida cautelar que se elimina así misma no tiene el más mínimo sentido.

    En fin, si Ramsar en un supuesto caso decide no cerrar el caño, es porque a su criterio el daño que se cause a lo largo del juicio es reparable, aunque es muy poco probable que esta convención cambie radicalmente su parecer respecto al informe de asesoramiento no.69.

    ResponderBorrar
  64. Para Gerardo y TEROX: Lo que yo expuse es basado en lo que escribió en Inglés Hellmuth y el criterio que le quizo imprimir a su interpretación. Ahora basado en mi criterio, lo que la CIJ dijo es proteger ("with the protection of the environment to the said territory, including the caño,"), el humedal y el caño; como siempre basado en lo que Hellmuth dice que es la Orden No. 80 de las medidas cautelares. Yo me baso en eso, en lo escrito. Cada quien puede expresar su criterio. Mi criterio es que si la corte expresó una Orden así, con esas palabras, legalmente Costa Rica no puede cerrar nada. Ramsar es una organización no vinculante, que no puede tocar un territorio en litigio sin una resolución de la CIJ y de mutuo acuerdo con los dos países. Esa es mi opinión, que es sin sentimientos nacionalistas. Lo mejor que pueden hacer Uds. es consultarlo y mantener la cabeza fría al escuchar las opiniones de los demás; paisanos suyos o, por otro lado, nicaraguenses. Por otro lado, Ramsar siendo una organización sin nacionalidades deberá ver, escuchar e informar sin favoritismo, a todas las partes. "Al sentido común y a la lógica me remito".

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  65. Rectificación ortográfica: Donde dice Orden No. 80 debe de ser como dice Hellmuth en su escrito "Segunda Medida Cautelar". Por lo demás el mensaje no cambia.

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  66. Y nada más para sopesar un poco la lógica del asunto...

    RAMSAR hizo el estudio No. 69, que menciona Hellmut, precisamente para determinar el impacto de la creación del caño en el humedal protegido. ¿Será lógico interpretar que la CIH les está solicitando proteger la causa de ese impacto?

    Que responda la lógica y el sentido común de cada quien...

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  67. A fin de cuentas, lo más probable es que, ya sea Costa Rica, Nicaragua, o hasta la misma RAMSAR, pida una interpretación de la Corte...

    De todas formas, es evidente que la Corte prevee que se requiera algún tipo de acción para evitar un daño permanente, y RAMSAR es la que, para efectos prácticos, va a definir eso... ¿estamos de acuerdo al menos en este punto?

    Si parte de lo que tiene que proteger es el caño, o no, eventualmente se sabrá a ciencia cierta... si fuera por Costa Rica, cerraría el caño y plantaría un montón de árboles encima, si fuera por Nicaragua, habría que hacer el caño más grande... pero RAMSAR es la que decidirá qué es lo más conveniente para el ambiente...

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  68. Y nada más para sopesar un poco la lógica del asunto...

    RAMSAR hizo el estudio No. 69, que menciona Hellmut, precisamente para determinar el impacto de la creación del caño en el humedal protegido. ¿Será lógico interpretar que la CIH les está solicitando proteger la causa de ese impacto?

    Que responda la lógica y el sentido común de cada quien...

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  69. Es posible que la CIJ le solicite proteger el caño, es lo que Hellmuth escribió en Inglés. Por otro hay que recordar que Ramsar es una organización internacional y no tica. El sentido común indica que escuchará a la CIJ, a Costa Rica y a Nicaragua. :)

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  70. Es muy posible que la mención del caño sea para recalcar que incluso ahí puede ir el personal costarricense. Vea la resolución en francés:

    "2) Par treize voix contre quatre,
    Nonobstant le point 1) ci-dessus, le Costa Rica pourra envoyer sur le territoire litigieux, y
    compris le caño, des agents civils chargés de la protection de l’environnement dans la stricte
    mesure où un tel envoi serait nécessaire pour éviter qu’un préjudice irréparable soit causé à la
    partie de la zone humide où ce territoire est situé ; le Costa Rica devra consulter le Secrétariat de la
    convention de Ramsar au sujet de ces activités, informer préalablement le Nicaragua de celles-ci et
    faire de son mieux pour rechercher avec ce dernier des solutions communes à cet égard ; "

    en el inglés, no queda claro si el caño se menciona para identificar el territorio en disputa o la parte de protección,

    "(2) By thirteen votes to four,
    Notwithstanding point (1) above, Costa Rica may dispatch civilian personnel charged with
    the protection of the environment to the disputed territory, including the caño, but only in so far as
    it is necessary to avoid irreparable prejudice being caused to the part of the wetland where that
    territory is situated; Costa Rica shall consult with the Secretariat of the Ramsar Convention in
    regard to these actions, give Nicaragua prior notice of them and use its best endeavours to find
    common solutions with Nicaragua in this respect;"

    Por ejemplo, la medida No. 1 dice literalmente:

    "(1) Unanimously,
    Each Party shall refrain from sending to, or maintaining in the disputed territory, including
    the caño, any personnel, whether civilian, police or security;"

    ¿A qué viene mencionar el caño aquí? A mí me parece que "the disputed territory, including the caño" es la fórmula que usan para referirse al lugar.

    Pero bueno, tarde o temprano tendremos una aclaración de la Corte... de eso podemos estar seguros...

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  71. Gerardo Víquez González11 de marzo de 2011, 1:40 a.m.

    Invitado su posición tiene una contradicción lógica. La corte dio la medida cautelar 2 con el objeto de evitar daños ambientales irreparables, de forma que le otrogó a Ramsar la potestad de determinar las acciones necesarias para evitarlos usando civiles costarricenses. Ud dice que Ramsar no podría cerrar el caño ni aunque lo justifique como el causante de dicho tipo de daños, por lo tanto la misma razón de ser de la medida cautelar queda sin sentido.

    Recuerde que aunque Ramsar no sea una organización vinculante, la misma corte le está dando el poder de tomar las decisiones técnicas en el litigio. Las condiciones fueron "Costa Rica consultará con la Secretaría de la Convención de Ramsar en relación con estas acciones, dará a Nicaragua previo aviso de ellos y hará todo lo posible para encontrar soluciones comunes". Hay 3 puntos sobre los cuales probablemente se le pida a la corte explicar sus alcances, pero es evidente que "consultar", "dar previo aviso" y "buscar soluciones comunes" están en ordenes jerárquicos distintos.

    Su otro punto es que Ramsar terminaría decidiendo que dicho canal no causaría daños ambientales irreparables. En dado caso habría que confiar en dicha organización que va estar vigilante de los efectos de dichos trabajos. Si efectivamente fueran reparables CR no tendría de que preocuparse, simplemente se acaba el juicio y se cierra luego.

    Ahora mi posición personal es que es poco probable que dicha organización cambie radicalmente su posición respecto al canal que se construyó. Como prueba, en el informe de asesoramiento no 69 solo se refieren al canal como un canal artificial en todas las ocasiones que lo mencionan. A esto hay que sumarle las pruebas de UNITAR-UNOSAT que demuestran que dicho canal no existía en Octubre del 2010 por lo que supone una prueba clara de una modificación artificial al equilibrio natural del humedal. Si seguimos sumando a la lista de pruebas también está el informe del secretario de general de la OEA donde también se muestran los trabajos de creación de dicho canal.

    Aquí le dejo la una de las fotografías satelitales de UNITAR, que en mi opinión, son de las pruebas más importantes de Costa Rica.

    https://lh3.googleusercontent....

    Es decir nuestra posición se basa pruebas brindadas por 3 organismos internacionales, no por la creencia que Ramsar está parcializado.

    Por otra parte, reversibles o irreversibles los daños ambientales, CR logró su objetivo de que Nic ya no pudiera mandar tropas a la zona de conflicto:

    Primero por la violación constante de su soberanía

    Segundo porque nadie quita que el retiro temporal de la zona simplemente haya sido una estrategia política y que si la CIJ no prohibía la entrada de tropas, luego el ejército regresaría a darle mayor profundidad al canal artificial.

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  72. Sí, yo también lo pensé cuando vi las medidas cautelares... claro, somos tan salaos, que es capaz de que RAMSAR se quita...

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  73. Vamos por partes para tratar de dilucidar lo expuesto, no por mi, sino por la CIJ.

    Exactamente en el considerando anterior a este, o sea el Nº 79, la corte habla de que tanto Costa Rica como Nicaragua tienen inscritos en Ramsar los humedales "Humedal Caribe Noreste" (CR) y “Refugio de Vida Silvestre Río San Juan” (Nic.). La última parte del considerando dice textualmente:

    "...; whereas the Court reminds the Parties that, under Article 5 of the Ramsar Convention:

    “The Contracting Parties shall consult with each other about implementing obligations arising from the Convention especially in the case of a wetland extending over the territories of more than one Contracting Party or where a water system is shared by Contracting Parties. They shall at the same time endeavour to coordinate and support present and future policies and regulations concerning the conservation of
    wetlands and their flora and fauna”;"

    Aquí la corte nos está recordando el artículo 5 de la Convención Ramsar. Al hacerlo están validando la existencia de Ramsar y nos piden, en base a este artículo, que cooperemos en la implementación de las obligaciones que surgen, ya que los humedales mencionados están interconectados. El interés primordial es la conservación de los humedales, junto con su flora y fauna.

    Al inscribir los humedales en Ramsar, los dos paises adquirimos obligaciones. Nos comprometimos con algo que hicimos, estamos obligados a ...

    Ahora si pasemos al considerando Nº 80.

    Por qué se dió la Orden de la segunda medida cautelar explícitamente a Costa Rica?

    "80.Whereas the disputed territory is moreover situated in the “Humedal Caribe Noreste” wetland, in respect of which Costa Rica bears obligations under the Ramsar Convention;"

    Porque la zona en disputa pertenece al humedal inscrito por Costa Rica. Costa Rica está obligado a protegerlo. Nos lo está diciendo La CIJ. Nuevamente la CIJ valida con este argumento a Ramsar.

    Cuando leo esta parte del considerando: "... Costa Rica must be able to dispatch civilian personnel charged with the protection of the environment to the said territory, including the caño" creo entender que se refiere al envío de personal civil capacitado al territorio mencionado, incluyendo el "caño". O sea, están autorizando y obligando a que también podamos estar en el caño. No me parece que se estén refiriendo a que se proteja el "caño". Cómo vamos a proteger un "caño" que parece que en cierta áreas le cayó una bomba encima. Tenemos la obligación de proteger el humedal.

    En referencia a lo que Ud. menciona de restaurar, está mezclando lo que dijo la CIJ con lo que dijo Ramsar.

    En todo caso, la CIJ considera que Costa Rica debe tener una posición en la cual sea capaz de poder evitar un daño irreparable al humedal en esa parte del territorio. Para nosotros poder cumplir eso, nos dice que tenemos que ser capaces (nos obliga) de enviar personal civil que se encargue de la protección del ambiente en ese territorio, pero solo de ser necesario de manera que nos aseguremos que no ocurra el tal perjuicio y nos remite a Ramsar para consultar las acciones a tomar.

    Ramsar está viendo más allá y también le preocupa la desaparición del ecosistema y de la laguna de Harbour Head. Cómo puede suceder esto? Se rompe el vestigio de la barra costera de arena (que en estos momentos es su única protección) por el caudal que le llegaría perpendicualarmente desde el "caño", el mar invade la laguna y le comienza a introducir arena hasta colmatarla. Desaparece la laguna y se altera totalmente el balance que había entre el agua dulce y el agua salada. La flora y fauna cambiarán. O sea se alteraría todo a como está al día de hoy. Es por esto que Ramsar recomienda como lo mas apropiado para evitar esta cadena de consecuencias el restaurar los patrones de escurrimiento superficial.

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  74. Evidentemente la gran mayoría de reacciones negativas se deben a una falta de entendimiento sobre las limitaciones de las medidas cautelares, de qué era lo que solicitaba CR y de qué fue lo que se concedió.

    Por ejemplo lo que se ha hablado es de una derrota en detener el dragado, cuando la medida 5 solicitaba por CR habla claramente que se suspendiera la parte del programa que apuntara a la ocupación, inundación y daño al territorio costarricense. CR nunca se negó a que se dragara lo que no le afectara su territorio. Basta con leer el artículo 6 del Laudo Cleveland para entender la posición de CR.

    La medida 1 hace que el ejército de Nicaragua ya no entre y salga cuando se le antoje.

    La medida 2 le da a CR la posibilidad de proteger su territorio mientras se extiende el Juicio.

    La medida 3 de la corte dice que:

    "Las partes se abstendrán de toda acción que pueda agravar o prolongar la controversia ante la Corte o que sea más difícil de resolver;"

    Esta medida es bastante amplia y podría abarcar desde la no deposición de sedimentos sobre la margen derecha hasta evitar el desvió de aguas del río Colorado. Habrá que esperar cómo se aplicará esta medida.

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  75. Me parece muy válida su crítica. Parece ser que el señor está un poco desesperado por obtener una respuesta YA!!!, cuando se sabe que la diplomacia es un medio lento.

    Costa Rica lo que está logrando es proteger una zona de su territorio de mayores daños.

    Ahora que alguien por ahí nos anda acusando de llamar a las armas en este blog, voy a hacer una analogía de como sería si fuera un conflicto armado.

    Lo obtenido con las medidas cautelares sería equivalente a enviar a un ejército a luchar por una zona en conflicto (pero sin los balazos, las muertes, etc) y que aún así el país no podría tener total acceso al tratarse de una zona en Guerra. Algo que la gente olvida y se desespera por lo largo de la resolución de la CIJ es que un enfrentamiento armado puede durar lo mismo, o más, puede salir igual de caro, o más y finalmente existe un invaluable ahorro en vidas humanas.

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  76. Con todo respeto, algo viciado fue enseñarle a nuestro Ministro de Relaciones Exteriores un Estudio de Impacto Ambiental (EIA), el cual efectivamente si se había realizado, y posteriormente a sus declaraciones a la prensa de que todo estaba en orden, aparte de que Costa Rica realizó sus propios estudios de comprobación que corroboraban lo dicho en ese EIA, el mismo fue variado. Este estudio nos fue entregado hasta el 4 de Enero del 2011 y el juez alemán Sr Simma, dentro de las 8 preguntas que se le formularon a los abogados de Nicaragua el 13 de Enero (2011), realiza su tercer pregunta:

    3. The dredging project concerning the San Juan river relates to a shared environment. In light of this, why was the Nicaraguan Environmental Impact Study prepared from 2006 onwards and the permit of the Environment Ministry of December 2008 for the San Juan dredging project to proceed, as well as the extension of the permit to the cleaning of the “caňo”, never communicated to Costa Rica?

    Traducción: 3. El proyecto de dragado concerniente al río San Juan se relaciona a un ambiente compartido. En vista de esto, por qué el Estudio de Impacto Ambiental Nicaragüense realizado a partir del 2006 y el permiso de Diciembre del 2008 del Ministerio del Ambiente para proceder con el proyecto del dragado del San Juan, así como la extensión del permiso para la limpieza del "caño", nunca le fue comunicado a Costa Rica?

    Aquí podemos ver, por lo menos de parte de este juez, que aunque ellos sabían de que Costa Rica se interesó en saber acerca del proyecto del dragado, de parte de Nicaragua nunca hubo un comunicado oficial y transparente. A tal punto que Nicaragua lo declaró secreto de estado.

    Cuando algo se quiere hacer bien hecho, sencillamente se hace bien. A nadie se está engañando. Ud. dice que Ramsar no escuchó la versión nicaragüense, ni fue al terreno a comprobarlo. Los jueces están enterados de eso, no los estamos engañando.

    En el informe emitido por Ramsar, el primer punto de las conclusiones dice textualmente (página 3):

    "Conclusiones

    • De acuerdo al análisis de la información técnica suministrada por el Gobierno de Costa Rica ..."

    En la página 10 del informe se lee textualmente:

    "Programa de Actividades
    ...

    La Misión intentó realizar un sobrevuelo en el área del humedal Caribe Noreste pero por las
    condiciones climáticas y de seguridad no fue posible llevarlo a cabo."

    Con respecto a la versión nicaraguense, sinceramente, me gustaría escucharla.

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  77. Su tesis es que una convención internacional para la protección del ambiente comprometió su imagen inmiscuyéndose en un conflicto internacional, haciendo aseveraciones basadas en absolutamente nada, para posteriormente retractarse de todo lo que publicó y empezar a defender la construcción de un canal artificial que evidentemente no existía en Octubre del 2010. Todo esto basándose en las pretensiones del Gobierno de Nicaragua de demandar a Costa Rica por daños ambientales y que curiosamente dichas pretensiones de acusar a Costa Rica surgieron después de que inició el conflicto, pero simplemente no podemos suponer que estén viciadas por los propios intereses del Gobierno Nicaraguense.

    Algo curioso es que Nicaragua ha acusado a CR de desviar las aguas del San Juan al Colorado artificialmente por acciones ejecutadas en 1948, pero durante todos estos 63 años olvidó tan siquiera hacer algun reclamo o demanda a mi país. De repente surge un conflicto y todas esa acusaciones son ciertas... mmm

    Incluso Ortega ya había dicho que iba a demandar a CR por dichos daños ambientales desde que inició el conflicto, pero entonces no se supone que ya debían tener todos los estudios listos desde hace mucho tiempo, no hay sentido en esperar a que CR los demandara, ni siquiera tenian que esperar a iniciar el dragado para demandar a CR.

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  78. Invitado su posición tiene una contradicción lógica. La corte dio la medida cautelar 2 con el objeto de evitar daños ambientales irreparables, de forma que le otorgó a Ramsar la potestad de determinar las acciones necesarias para evitarlos usando civiles costarricenses. Ud dice que Ramsar no podría cerrar el caño ni aunque lo justifique como el causante de dicho tipo de daños, por lo tanto la misma razón de ser de la medida cautelar queda sin sentido.

    Recuerde que aunque Ramsar no sea una organización vinculante, la misma corte le está dando el poder de tomar las decisiones técnicas en el litigio. Las condiciones fueron "Costa Rica consultará con la Secretaría de la Convención de Ramsar en relación con estas acciones, dará a Nicaragua previo aviso de ellos y hará todo lo posible para encontrar soluciones comunes". Hay 3 puntos sobre los cuales probablemente se le pida a la corte explicar sus alcances, pero es evidente que "consultar", "dar previo aviso" y "buscar soluciones comunes" son cuestiones distintas. El 3ero es, lastimosamente, casi descartable pues ambos gobiernos no tienen posiciones comunes, el 1ro dice que Ramsar será la que autorice y el 2do es simplemente informar a Nicaragua. Dicho de otro modo Nicaragua lo único que puede hacer es tratar de convencer a Ramsar de que el canal construido es “bueno” para el humedal a pesar de que este organismo ya tiene una opinión negativa al respecto.

    Su otro punto es que Ramsar terminaría decidiendo que dicho canal no causaría daños ambientales irreparables cuando vean los estudios del Gobierno de Nicaragua. En dado caso habría que confiar en que dicha organización va estar vigilante de los efectos de dichos trabajos. Si efectivamente fueran reparables CR no tendría de que preocuparse, simplemente espera a que se acabe el juicio y se cierra luego.
    Ahora mi posición personal es que es poco probable que dicha organización cambie radicalmente su posición respecto al canal que se construyó. Como prueba, en el informe de asesoramiento no.69 solo se refieren al canal como un canal artificial en todas las ocasiones que lo mencionan. A esto hay que sumarle las pruebas de UNITAR-UNOSAT que demuestran que dicho canal no existía en Octubre del 2010 por lo que supone una prueba clara de una modificación artificial al equilibrio natural del humedal. Si seguimos sumando a la lista de pruebas también está el informe del secretario de general de la OEA donde también se muestran los trabajos de creación de dicho canal.

    Aquí le dejo la una de las fotografías satelitales de UNITAR, que en mi opinión, son de las pruebas más importantes de Costa Rica.

    https://lh3.googleusercontent.com/_XZYtv_5T8wU/TV9Yt69gDOI/AAAAAAAAAsY/4ei0cgvWWRY/UNITAR-UNOSAT%2008-08-2010.jpg

    Es decir nuestra posición se basa pruebas brindadas por 3 organismos internacionales, no por la creencia que Ramsar está parcializado.

    Por otra parte, reversibles o irreversibles los daños ambientales, CR logró su objetivo de que Nic ya no pudiera mandar tropas a la zona de conflicto:

    Primero por la violación constante de su soberanía

    Segundo porque nadie quita que el retiro temporal de la zona simplemente haya sido una estrategia política y que si la CIJ no prohibía la entrada de tropas, luego el ejército regresaría a darle mayor profundidad al canal artificial.

    Por cierto, no me ha contestado la pregunta. ¿Por qué si Nicaragua tenía pruebas para demandar a CR por daños ambientales hechos hace mucho tiempo, esperó hasta después de iniciar el dragado e incluso que CR misma la demandara por incursión militar y daño ambiental si lo lógico era haberlo hecho hace años?

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  79. terox, es evidente que este sujeto está paranóico por que dice que las intenciones de CR son internacionalizar el río y alega que las medidas cautelares contradicen la anterior resolución (como si los respetables jueces de la CIJ fueran ingenuos)

    Lo más rescatable sería revisar que tan cierta o falsa es su afirmación de:

    "La Corte no se refirió o limitó a restringir el dragado por asuntos ambientales UNICAMENTE en la zona en disputa, sino…..en todo el curso del rio!!!!!! Costa Rica obtiene en la Corte, otra vez, mas de lo que planteó formalmente."

    En fin, el San Juan ha de tener oro, petroleo, un agujero de gusano que traslade barcos al instate o la fuente de la divina juventud, porque la verdad nunca he entendido como CR, sin nunca pedirlo, estamos en constante amenaza de robarles el río.

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  80. Comparto con ustedes una traducción al español de la resolución de la corte sobre las medidas cautelares.

    http://www.nacion.com/MMediaFiles/nacioncom/a1/a1aaf729-2fdc-43d7-b88d-58450e971807.pdf

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  81. Estamos a la espera del informe que dará Ramsar de su nueva visita (sobrevuelo) a la Zona , esta vez con los funcionarios de Nicaragua . Es bastante probable que les enseñen los las zonas desforestadas al sur del San Juan con la idea de buscar una raccion negativa hacia Costa Rica.

    Pero independientemente lo que diga Ramsar sobre los bosques de Sarapiquí, hay que recordar que la corte le ha dado un poder sin precedentes (para la organizacion) de determinar las medidas a tomar para proteger un humedal.

    Como sabemos las ONG ecologistas han tenido siempre la tarea de hacer recomendaciones y denuncias no vinculantes a los gobiernos para la proteccion del ambiente. Ahora ellos gracias al respaldo de la CIJ tendran la posibilidad de ejecutar acciones concretas para proteger la zona. No tengo una bola de cristal para saber lo que hará Ramsar.

    Pero yo aprovecharía la oportunidad de ordenar todas las acciones posibles . (es como que le den el poder a los Sea Shepards de ordenar acciones para cuidar las ballenas no se si me explico). Entonces Si ellos estaban realmente preocupados por el caño, es bastante posible que ordenen bloquear el flujo de agua, "mientras se aclaran los nublados del dia"

    Saludos Luis Daniel.

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  82. La mayor parte de mis escritos anteriores han sido a partir de un escrito en Inglés que publicó Hellmuth en su comentario, el cual lo estaba mal interpretando. Mi punto principal es que la CIJ dijo es proteger ("with the protection of the environment to the said territory, including the caño,"), el humedal y el caño. Ahora si Uds. quieren hacer una alharaca a partir de esto, no tendría razón de ser, haganle alharaca a Hellmuth que es el que lo ha publicado. Hagan como un diagrama de flujo si el resultado su criterio a partir de Hellmuth dice esto, no puede decir otra cosa.
    Ahora me voy a referir a Luis Daniel, quien no ha podido digerir el alcance de la sedimentación y el gran daño que hace a las vís fluviales. No ha hecho ni una sección de esto, a pesar de que es el origen del daño ecológico en el Río San Juan. ¿Porqué? Definitivamente es una actitud nacionalista, ya que es claro que Costa Rica, con su sedimentación; artificial, química y natural; con sus despales ha provocado el cierre del flujo en el San Juan a puntos extremos. Es comprensible que no hayan hecho creado una sección de "Sedimentación", pero tampoco pueden aducir algo de ciencia y lógica, no tocando este tópico, el más importante.

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  83. Terox, le escribí acerca de Ortega porque según lo que Ud. ha escrito, lo anda de llavero en su pensamiento, aqui le escribo unos cuantos de sus comentarios, con todo y fecha:

    Terox 11/25/2010 07:59 PM

    Daniel, ¿de casualidad su apellido no es Ortega?
    Este es el gran beneficiado en todo esto. Ya no se trata sólo de ganar las elecciones...
    ____________________

    Terox 11/25/2010 09:19 PM

    Empiecen por pedirle a Ortega que sea más serio, y sealo Ud también. Por lo menos saber hasta donde están pidiendo...
    __________________

    Terox 11/29/2010 09:23 PM

    Daniel, ¿ya consiguió el mapa? Pídaselo a Ortega...
    __________________________
    Terox 11/30/2010 10:39 AM
    Los daños ecológicos es tal vez la vía más rápida de hacer reaccionar a otros países, aunque ya el daño está hecho. La única alternativa era haber tenido un enfrentamiento armado...
    _______________________________
    Terox 12/01/2010 07:09 PM

    @Geravigo: esto es algo previsible. Desde que dieron la fecha del 7 de diciembre para la reunión de la OEA y enero para la Corte Internacional de la Haya era obvio que los trabajos de la "trocha" iban a quedar concluidos antes de esas fechas. Lo único que hubiera evitado eso, a mi criterio, es un enfrentamiento armado o un gesto de lucidez del gobierno nicaragüense.
    _______________________________

    Con esto le compruebo que Ud. es el que está ensimismado con Ortega, y tiene un belicismo mesurado.

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  84. Hola Anónimo (por respeto al resto de foristas deberias usar un alias o tu nombre ) Gracias por visitar nuestro blog tan asiduamente. La razón por la que no hemos hecho un post acerca del " origen del daño ecológico en el Río San Juan" es porque no estamos hablando de eso.

    Dios quiso que decenas de rios costarricenses desembocaran en el Rio San Juan , Y también quiso que Costa Rica tuviera Volcanes, Accidentes geográficos y lluvias abundantes (y por lo tanto erosion) , la sedimentación que aportan los rios costarricenses al San Juan es en gran medida obra de la misma naturaleza.

    En algún momento investigamos sobre los efectos del supuesto dragado del Rio Colorado en detrimento del la parte Norte de Rio San Juan y resultó que desde al menos 1858 hay registros de que el Rio San Juan tiene problemas de sedientación y de navegación y los Vapores tenian que ser transbordados a barcos más pequeños para pasar por la parte que están dragando el dia de hoy.

    Aquí ha venido gente a decir que un dragado en el rio El Colorado le robó las aguas al San Juan pero no existen pruebas, las hemos buscado, y no las hay, es muy facil decir que Costa Rica se está robando el Rio San Juan por el Colorado , pero sin documentos históricos se vuelve paja. (de hecho nos han dicho que fue en 1979 con Carazo, luego en 1948, El irresponsable de Jaime Icer dijo en una entrevista que hay unos arboles enterrados (por los ticos) en la desviación y que por eso nos robamos el agua)

    Si usted tiene información fidedigna de que el San Juan está siendo dañado por Costa Rica de una forma no natural o intencionalmente traigalas, ¿Se ha preguntado porque no existen nada parecido a este blog del lado Nicaraguense? ¿Porqué nadie se anima a publicar esas pruebas que respaldan la existencia del caño del puerto? Hasta hace 2 meses no sabíamos por donde decía Nicaragua que iba la frontera....

    Aqui estamos abiertos a publicar información relevante sobre el conflicto limítrofe , si usted tiene información compartala. Yo intenté encontrar pruebas de lo del Colorado y leo que encontramos está aqui publicado, desde antes 1860 el Rio San Juan drena el 90% de sus aguas por el Rio Colorado. (Hay libros que muestran que esto es así desde el siglo XVII (17)). Eso no tiene nada que ver con desforestación, Ganadería o Agroquímicos, es simplemente la forma en que la madre Naturaleza hizo ese rio, para bien o para mal.

    Si usted tiene pruebas que respalden la teoria Nica de que el Colorado era un riachuelo, traigalas tenemos un post que se llama un San Juan Cambiante y serán incluidas. Al igual si tiene pruebas de la existencia del "Caño Pastora" antes de octubre de 2010, o que no explique porqué Alexander hizo y firmó el Acta X cuando quería decir otra cosa, O que nos explique poruqe Nicaragua decidió cambiar la frontera unilateralmente en vez de plantear las dudas a Costa Rica, estamos sedientos de esa version Nicaraguense, pero tristemente la respuesta siempre es el silencio.

    Saludos Luis Daniel.

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  85. Invitado, ¿o debería decir Daniel?, con esa serie de comentarios lo único que demuestra es su fijación con discusiones que tuvieron lugar hace ya más de 3 meses. Parece que se ha hecho todo un especialista en tomar fragmentos de comentarios o textos, y sacarlos de contexto.

    Si quiere hablar de las implicaciones políticas de este caso, pues bien podríamos hacerlo... pero eso hace tiempo que no se discute por acá. Ud se hace pasar por otra persona, pero de repente quiere retomar las viejas discusiones que tuvo acá... ¿por qué no empieza por volver a poner su seudónimo original?

    Pero bueno, por lo menos ya considera que mi belicismo es mesurado... es un avance...

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  86. Eso fue una respuesta a su comentario, y encontré esos comentarios sin buscar mucho, solo en la sección "A las pruebas me remito". Imagínese Ud. cuantos más comentarios, más recientes, hubiera encontrado si me pongo a buscar. Por lo demás ¿Cómo voy a sacar de contexto un escrito, si Ud. mismo los escribió? Y por si acaso, no se quien es ese Daniel.
    Por otro lado, le debo hacer notar que en los asuntos de la bahía todo está interrelacionado: Los sedimentos, el caño, los humedales (que no pueden serlo sin ser parte del río, logicamente), los Tratados y los Laudos. Asi que hablar de esto no es salir del contexto; al contrario hablar de política interna o de belicismo podría tomarse ambiguamente (asi como Ud. lo fue hace "3 meses" en sus comentarios), pero en mi opinión siempre están relacionados, ya ambos países tenemos gobiernos que siempre quieren ganar puntos y aprovechan este conflicto para diferentes objetivos. Este tema salió a colación por su comentario, y yo le compruebo el porqué ¿O espera siempre una opinión condescendiente a su criterio? ¿Acaso no es mejor escuchar a los demás para saber cuan equivocado o acertado estamos?
    Para terminar le dejo esta expresión de Luis Daniel:

    Luis Daniel [Moderator] 11/19/2010 08:39 AM
    Hola, muchas gracias por ver la recopilación, me interesa mucho que tanto Ticos como Nicas tengamos acceso a toda la información posible.

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  87. Invitado no ha contestado mi pregunta. ¿Por que si se supone que Nicaragua tenía pruebas de daños causados por CR hace años, Nicaragua solo ha planteado la demanda como reacción al actual conflicto?

    Por otra parte en un comentario anterior le pedí que compartiera los estudios que hablan de los daños ambientales causados artificialmente por CR y que fueran publicados antes de Octubre del 2010 (por cierto muy nacionalista esa solicitud de mi parte).

    Así es como trabajamos en este blog, la gente aporta pruebas, las comentamos entre varias personas y si son convincentes o confiables se terminan subiendo.

    Yo he buscado el famoso Estudio de Diagnóstico de la Cuenca del Río San Juan, hecho por CIRA-UNAN y del que hablan en esta noticia.

    http://www.laprensa.com.ni/2010/11/27/nacionales/44816

    Y el único enlace que he encontrado está roto.

    http://www.cira-unan.edu.ni/media/documentos/REVISTA%20UNAN%20final%20diag.pdf

    Ya en este blog tocamos el tema del dragado que supuestamente realizó CR para desviar las aguas al Colorado y comprobamos que esa acusación fue una mentira descarada del Gobierno de Nicaragua, pues el Colorado ya poseía ese caudal desde la época del Cañas-Jeréz.

    Es más, el Colorado se lleva la mayor parte de la sedimentación después de que este se bifurca con el bajo San Juan y es precisamente en el bajo San Juan donde sucede el actual conflicto.

    Por otra parte antes de hablar de sedimentación y obstrucción de un caño, recuerde que en las mismas declaraciones del gobierno de Nicaragua se ha hablado de que un caño que salía del sur de la laguna existía cuando se iniciaron los trabajos y el gobierno nica no ha logrado probarlo. En Donde está el caño Pastora? no hemos omitido usar incluso imágenes de fuentes nicaraguenses y en ninguna de ellas aparece un caño saliente del sur de la laguna y que la conecte con el río.

    Por cierto en la noticia de la prensa, aparece una imagen de google earth donde según ellos es prueba de los daños de CR. Google Earth solo tiene fotografías de buena resolución de 2 sectores del río San Juan. La que muestran en la prensa es 1 que abarca aproximadamente 17 kms de río y la otra es del sector del el Castillo donde ambas riberas le pertenecen a Nicaragua y que abarca aproximadamente otros 16km.

    https://lh3.googleusercontent.com/_XZYtv_5T8wU/TXqubXIPwWI/AAAAAAAAAyM/nzTlhQCk6o8/EL%20castillo.png

    En la anterior foto se ve que las condiciones del terreno en ambos países son las mismas aunque la sección de la foto de alta resolución abarca más área del lado costarricense. Algunas personas en los periódicos ha comentado que el lado nica es más "verde", y evidentemente así va a ser donde las fotos sean de baja calidad.

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  88. "Invitado", de verdad que a Ud le gusta enredar las cosas... si Ud me hubiera preguntado si alguna vez hemos mencionado en este blog a Daniel Ortega, la respuesta es que por supuesto se ha mencionado, varias veces y en distintos contextos. Lo que Ud ha hecho tomando algunos comentarios míos (me imagino que buscó solo los míos, ya que los encontró "rapidito") sin tomar en cuenta a qué respondían, es prácticamente la definición de "sacar de contexto"). Mucho le convendría volver a buscar esos comentarios míos y ver a qué otros estaba yo respondiendo, tanto en su contenido como en su tono... ahí podrá saber de ese Daniel... en lugar de imaginarse lo que yo podría o no podría haber escrito...

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  89. Estimado Invitado, este blog se ha caracterizado por las pruebas y no por lo que los que en el escriben dicen o dejan de decir. Aportemos pruebas basadas en documentos.

    En las recientes medidas cautelares el juez ruso, que se opuso a la medida cautelar Nº 2, interpreta lo que dije del caño de una manera similar y casualmente por eso se opuso.

    Antecedentes: A Nicaragua se le negó el derecho de arrimarse a la zona de conflicto porque cuando se le preguntó acerca de los trabajos del caño, contestó que este ya se había terminado y que lo que faltaba era terminar de sembrar los 10 árboles contra cada uno que habían votado y labores de monitoreo. Los jueces veían muy peligroso el que siguieran en el terreno por motivos de agravar la situación que podía llegar hasta los muertos.

    Ahora veamos que fue lo que dijo el juez Skotnikov en su declaración.

    DECLARATION OF JUDGE SKOTNIKOV

    10. Costa Rica’s activities which the Court is allowing in the disputed territory by indicating the second provisional measure are to be carried out by Costa Rica’s civilian personnel “in so far as it is necessary to avoid irreparable prejudice being caused to the part of the wetland where that territory is situated” (Order, operative clause (2)). Actions which may be taken by Costa Rica under the above provision potentially go well beyond the reforestation and monitoring contemplated by Nicaragua. I well understand that this was not the majority’s intention in voting in favour of operative clause (2) but, unfortunately, this does create a risk of aggravating and extending the dispute before the Court and making it more difficult to resolve. In giving its reasons for indicating the first provisional measure, the Court also notes that Nicaragua’s activities in the disputed territory give rise “to a real and present risk of incidents liable to cause irremediable harm in the form of bodily injury or death” (Order, paragraph 75). The majority should have been aware that activities undertaken by Costa Rica in accordance with the second provisional measure may pose the same danger.

    Analizemos la segunda y tercera oración de esta declaración :

    Las acciones que Costa Rica puede realizar bajo la cláusula ( “in so far as it is necessary to avoid irreparable prejudice being caused to the part of the wetland where that territory is situated”) potencialmente va más allá de la reforestación y monitoreo contemplados por Nicaragua. Yo se bien que esta no era la intención de la mayoría al votar a favor de la cláusula operativa (2) pero, desafortunadamente esto crea un riesgo de agravar y extender la disputa ante la Corte, haciéndola mas dificil de resolver.

    Qué se puede entender de esto? Que Costa Rica podría cerrar el caño, bajo recomendación de Ramsar obviamente.

    Costa Rica no está interesada en agravar un conflicto donde lo que vemos es un conflicto creado por un grupo, y esto entiéndalo bien, "un grupo de nicaragüenses" jugando de vivos.

    El problema, y a esto me referire en otro post ya que es extenso, es que si la laguna se sedimenta y desaparece como tal, el terreno será costarricense y entonces vendrá una nueva discusión de que nos robamos ese terreno.

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  90. Gerardo,

    te dejo el link al citado estudio de ESTUDIO DE DIAGNOSTICO DE LA CUENCA DEL RIO SAN JUAN Y LINEAMIENTOS DEL PLAN DE ACCION, el cual fue financiado, no se si todo o en parte por la OEA.

    http://www.oas.org/dsd/publications/unit/oea05s/begin.htm#Contents

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  91. Creo que al fin logré dar con los documentos al que se refieren en el diario la prensa.

    ESTUDIO DE DIAGNOSTICO DE LA CUENCA DEL RIO SAN JUAN Y LINEAMIENTOS DEL PLAN DE ACCION, 1997"Nota aclaratoria
    Los Gobiernos de las Repúblicas de Costa Rica y Nicaragua reiteran que la aprobación de este
    documento y otros relacionados con él, así como los conceptos técnicos que contienen, incluyendo el
    concepto de "Cuenca del Río San Juan", no afectan los límites territoriales y los derechos consignados en
    el Tratado de Límites Cañas-Jerez, el Laudo Cleveland, la Convención Matus Pacheco y las Actas de la
    Comisión Alexander"."


    El otro documento del que hablan es el que se publicó en Noviembre del 2010 después de que arrancara el conflicto, llamado "La misión técnica ambiental, de observación del área de dragado en San Juan de Nicaragua".

    Parece ser que este último no ha sido publicado formalmente en internet pero lo encontré en forma de comentario (sin fuente) en una página.

    http://www.bacanalnica.com/foros/viewtopic.php?f=19&t=108035#p3462762

    Aún así ninguno de estos 2 estudios son el que mencionaba en el diario la prensa el 28 de Octubre del 2010

    http://www.laprensa.com.ni/2010/10/28/nacionales/41965

    Según la imagen presentada originalmente por la prensa ese estudio "secreto de estado" no incluía en su plan original la apertura de un canal por finca Aragón. Me pregunto donde se podrá conseguir dicho estudio.

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  92. Gracias Helllmuth, en el comentario de arriba puse el link a la version pdf de ese estudio.

    Ese es un estudio importante, pero al que me refiero al final del comentario anterior es el que aparece en la noticia del diario la prensa del 28 de Octubre del 2010 llamada "Estudio ambiental avala dragado" y donde dicen que dicho estudio contenía esta imagen

    http://www.laprensa.com.ni/files/infografia/1288241499_depositos%20deverdad.jpg

    En la noticia de la prensa no se indica que dicho estudio hablara de abrir un canal por finca Aragón ni en el texto ni en dicha imágen.

    Comparto un extracto de dicha noticia:

    El dragado del río San Juan es como una operación dolorosa pero necesaria. Al menos así lo indica el estudio de impacto ambiental, realizado por varias instituciones estatales, a fin de causar los menores daños en la zona.

    Dicho estudio todavía es “un secreto de Estado” para el Gobierno de Nicaragua, pero a pesar de todo LA PRENSA tuvo acceso al mismo.

    Cuando uno le echa un vistazo a los recuadros que indican la intensidad de los daños, identificados en rojo los peores y azul los mínimos, se observa que durante el dragado casi todos los valores están “colorados”, pero cambian al final del proceso.

    En las conclusiones del mismo se indica que el impacto ambiental en la zona del dragado “se considera de gran intensidad, compensable, produce un efecto puntual, su permanencia es en el tiempo es temporal, su manifestación es inmediata, la restauración trae beneficios al medio ambiente”.

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  93. El Estudio de Impacto Ambiental (EIA) que realizó Nicaragua para el dragado del río San Juan debe ser muy extenso como cualquier EIA y dificilmente lo podrás encontrar en Internet (es secreto de estado). Ese EIA le fue entregado a Costa Rica hasta el 6 de Enero de este año. Tal vez la cancillería podría proporcionar una copia pero no me parece relevante porque no habla del "caño" ni tampoco creo que hable nada de cortar meandros.

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  94. De esa imagen se desprende que la apertura de ese caño fue una ocurrencia que no estaba prevista originalmente, y cuyo impacto ambiental nuca fue considerado...

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  95. No sé si cabe aquí este tema, pero ahora resulta que Oscar Arias dice que impidió el dragado en su administración...

    Arias dice que él frenó dragado en el San Juan
    Según él por una nota de Stagno (otro resentido) que nunca fue respondida por Nicaragua...
    ¿Será que ahora sí se terminó de "descocherar"?

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  96. Seguramente René Castro esta tan interesado en este caso es debido a que él fue el que metió las patas al decirle a la asamblea legislativa que él vio el tal estudio de impacto ambiental en una visita a Nicaragua y que no veía que se le pudiera hacer daño al suelo Tico... cuando se vino todo este problema de fijo sintió toda la culpa del caso porque él fue al fin y al cabo el que abalo este dragado....

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  97. Sin embargo, a mi juicio es una falacia ligar el dragado con la apertura del caño.

    De una imagen que precisamente acaba de usar Gerardo en un comentario suyo, se desprende que lo del caño fue una ocurrencia de última hora, así como el reclamo territorial. Además, se supone que todos los sedimentos se depositaban en la ribera nicaragüense...

    El cuento de Pastora de que el caño es parte del dragado es eso, un cuento...

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  98. Rogamber, personalmente no tengo ningún interés en defender a ningún político (como verá mis apellidos no son ni castro, chinchiila, tijerino o arias), pero si hay algo que decir sobre "esa metida de patas" y es que en el libro blanco de Costa Rica responde a esa situación

    "Cuando en julio de 2010 se produce un nuevo anuncio de que la obra de dragado
    comenzaría en el futuro cercano, el Ministro interino de Relaciones Exteriores
    costarricense Carlos Roverssi, remitió al Canciller de Nicaragua la nota DM‐AM‐156‐10 de
    12 de julio de 2010. En ella se reiteraba la necesidad de que Nicaragua presentara a Costa
    Rica los estudios para demostrar que las obras previstas no tendrían impacto sobre
    territorio costarricense. Esta nota tampoco recibió respuesta, aunque el Canciller
    nicaragüense don Samuel Santos, en una conversación sostenida en Managua, el 21 julio
    de 2010, con el Canciller René Castro, dio garantías verbales de que el dragado no
    afectaría territorio costarricense."

    Probablemente a esas garantías verbales a lo que se refiere Castro en la nación, cuando habló de aceptar el plan nica y lo cual indignó a muchos nicaragüenses que en ese momento no estaban tomando en cuenta los derechos de Costa Rica en el artículo 6 del laudo Cleveland:

    http://www.nacion.com/2010-09-09/ElPais/NotasSecundarias/ElPais2440580.aspx

    En fin al no poseer en nuestras manos dicho estudio solo podemos sospechar del porqué nicaragua tardó tanto en entregarlo y de las declaraciones que se han dado de que este estudio no hablaba de una apertura de un canal en finca aragón.

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  99. Personalmente (como lo he dicho en otras ocasiones) me parece que el manejo político de este asunto por parte de las autoridades ticas fue deficiente, especialmente al principio. Si uno revisa las noticias sobre este asunto en la prensa nica (ver "Los argumentos cambiantes de Nicaragua") es evidente que pasó por lo menos una semana después de que Pastora entró a Finca Aragón en que la única persona que insistía públicamente en que esa finca era nica era el propio Pastora. Si en ese tiempo las autoridades ticas hubieran respondido claramente sobre el contenido de las actas y laudos Alexander (que eran a los que Pastora estaba apelando) tal vez el resto de la administración Ortega no se hubiera comprometido con la posición del Sr. Pastora, quien tiene poco peso político propio.

    En cualquier caso, es evidente que algo que no ayudó, y que sigue afectando políticamente a Costa Rica, es que las autoridades ticas presentaron por varias semanas como dueños de Finca Aragón a miembros de las familia Reyes, que resultaron no ser costarricenses (excepto por un hijo con doble nacionalidad), no tener el título legal del terreno, y estar aparentemente ligados al tráfico de cocaína en la zona. Me parece especialmente inexplicable que las autoridades ticas persistieran en presentar a los Reyes como dueños (como lo hizo el canciller Castro en su primer discurso ante la OEA) cuando tenían un plano catastrado con un permiso de uso a nombre de otra persona. Y ni las autoridades ni la prensa han dicho nada de qué paso con esas personas, aunque los nicas aseguraron que habían girado en su contra órdenes de captura y que huyeron a CR.

    Pero por otro lado, me parece que dadas esas equivocaciones políticas, la decisión de recurrir a la corte de La Haya fue la correcta y que desde el punto de vista estrictamente legal el caso de CR ante esa instancia ha sido bien llevado y hasta ahora ha dado los resultados que se podían razonablemente esperar.

    Otro asunto que hay que ponderar es que es claro que muchas personas en Nicaragua, incluyendo personas educadas, realmente sí temen, desde hace muchos años, que Costa Rica tenga pretensiones sobre el Río San Juan e incluso sobre el Lago de Nicaragua. A los costarricenses esto nos parece inexplicable, pero es un problema que el servicio exterior debiera hacer más por despejar, porque solo da pie para conflictos que únicamente pueden servir a gente como Alemán y Ortega cuando desean aprovechar los sentimientos nacionalistas con fines electorales.

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  100. Alejandro, sin embargo, sí quisiera hacer notar que el territorio "en disputa" en realidad no se puede corresponder (al menos en su mayor parte) con la tal Finca Aragón. Ese es un argumento falaz de las autoridades nicas. Si partimos que el caño es la frontera, al norte casi exclusivamente la reserva protegida, a lo sumo quedaría una franja paralela al San Juan (dado el curso tan peculiar que le dieron al caño).

    Además, a fin de cuentas es irrelevante para el caso quién es el dueño legal de Finca Aragón o sus usufructuarios, legales o no. Lo cierto es que ellos dieron la "voz de alerta" de lo que estaba sucediendo. Este tipo de "errores" no desvirtúan el fondo del asunto, y es precisamente más del enredo que quiso montar desde el principio el gobierno nicaragüense, cambiando constantemente de argumentos...

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  101. Hellmuth hay que recordar que mientras dicho estudio no esté disponible en internet, de nuestra parte, no hay certeza de que no hablara de la apertura de un canal, aunque al parecer estas acusaciones de Costa Rica tampoco han sido negadas por ningún funcionario nicaragüense y la publicación del diario la prensa sugiere lo mismo. A esto le podemos sumar la sospecha de porqué ese estudio tardó tanto en entregársele a la Cancillería.

    El el post del cambio de argumentos de Nicaragua, puse unas declaraciones de Pastora donde menciona una conversación que tuvo con Ortega y donde el primero dice que convenció al segundo sugiriendo que CR les iba a robar territorio. Esto indica que de parte de Nicaragua, el proyecto de dragado era visto en un principio como un proyecto de reclamo territorial, no solo como un proyecto de limpieza y daría razón del porque ocultar en los estudios de impacto ambiental sus intenciones de abrir un canal y en finca Aragón.

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  102. Terox: Toda esa zona de Isla Calero - Isla Portillos es una zona protegida, parte del "Refugio Nacional de Fauna Silvestre Corredor Fronterizo Norte". Pero dentro del Refugio hay fincas con permiso de uso a nombre de privados. El área del conflicto está en el catastro tico dentro de dos tales fincas. El plano de una de ellas (la que queda más al norte) está en el post anterior de este blog. "Finca Aragón" es el nombre con que tradicionalmente se ha denominado a una propiedad que queda dentro de la zona del actual conflicto.

    Obviamente lo de la familia Reyes no afecta el fondo legal de a qué país pertenece el territorio. Pero también me parece bastante claro que la metida de pata de las autoridades ticas en ese tema fue políticamente perjudicial y posiblemente contribuyó a que el asunto no se resolviera por la vía diplomática. En el "libro blanco" que publicó Nicaragua la mayor parte del espacio está dedicado al asunto del narcotráfico y a la nacionalidad de los miembros de la familia Reyes, y por lo menos en eso parece que el gobierno de Ortega tenía razón.

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  103. Personalmente creo que las acusaciones a Costa Rica de contribuir con el narco internacional se hubieran solucionado si los medios de comunicación hubiesen profundizado en el tema de que pasó con la persona que sí tenía el permiso de uso de la finca y también si hubiesen dado más importancia a la noticia de que Ortega recientemente había premiando a la guardia costera costarricense por su lucha contra el narco.

    http://i1199.photobucket.com/albums/aa474/geravigo/Conflicto%20Cr%20Nic/ortegamentiroso.jpg

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  104. De hecho 3 días después los mismos periodistas del articulo anterior, publicaron la siguiente imagen:

    http://www.afzstore.com/DiarioLaPrensa.png

    En esa noticia hablaron de que había un error en la imagen anterior, pero que el error era la ubicación de la draga, no de que no se incluyera el canal en finca Aragón.

    http://www.laprensa.com.ni/2010/10/31/nacionales/42258

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  105. No se resolvió por la vía diplomática, simplemente porque Nicaragua no lo quiso hacer. La OEA estuvo de acuerdo en las condiciones iniciales mínimas para iniciar un diálogo, pero Nicaragua nunca las aceptó. Ahí no pesó para nada ese desliz del gobierno costarricense (que habría que valorar realmente en su justa dimensión). Ortega podría tener razón en cuanto a la presencia de narcotráfico en el área, pero eso no afecta en nada los límites de un país... tal vez hubiera justificado la primera incursión de Pastora (relativamente), pero nada más...

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  106. Personalmente creo que las acusaciones a Costa Rica de contribuir con el narco internacional se hubieran solucionado si los medios de comunicación hubiesen profundizado en el tema de que pasó con la persona que sí tenía el permiso de uso de la finca y también si hubiesen dado más importancia a la noticia de que Ortega recientemente había premiando a la guardia costera costarricense por su lucha contra el narco.

    http://i1199.photobucket.com/albums/aa474/geravigo/Conflicto%20Cr%20Nic/ortegamentiroso.jpg

    Por cierto Alejandro, encontré el perfil de facebook de un sujeto llamado Jose Alberto Alvarez Nuñez, que vive en Guápiles y que estudió en el Colegio Técnico Profesional de Pococí.

    http://es-la.facebook.com/people/Jose-Alberto-Alvarez-Nunez/100000924197441

    Será acaso él?

    http://profile.ak.fbcdn.net/hprofile-ak-snc4/27358_100000924197441_989_n.jpg

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  107. Como le dije a Gerardo, ese cuento de que lo tenían planeado no tiene sentido si se toma en cuenta que Pastora hizo una incursión en octubre, sin hacer ningún trabajo (excepto detener a unos narcotráficantes) y luego se retiró, dejando incluso que los policías ticos llegaran al lugar... y cuando comenzaron realmente los trabajos del caño, ya tenía la atención de Costa Rica encima...

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  108. Gerardo: Sí, ese tiene que ser el del permiso de uso de esa finca. Yo lo busqué por número de cédula (1-0956-0086) en el website del Registro y tiene 34 años y es dueño de una casa en Guápiles. También había visto ese perfil de Facebook, pero como no soy un periodista profesional no lo contacté. Es increíble que los periódicos o los noticieros no hayan (hasta donde he sabido yo) tratado de contactarlo. Y ¿qué pasó con las supuestas solicitudes de extradición de Nicaragua contra Agustín Reyes y su hijo Marcos Antonio? Me parece rarísimo que nadie informe sobre esas cosas.

    A Terox, ya he repetido que esto no tiene que ver con la ilegalidad de la incursión de Pastora y del dragado del caño, pero me parece evidente que sí ha tenido un peso político que contribuyó a que el asunto no se solucionaria por la vía diplomática. Hay consideraciones legales y también hay consideraciones políticas. Ortega y compañía serán arbitrarios, pero su comportamiento no es totalmente irracional. Me parece evidente que terminaron comprometidos con defender la incursión de Pastora porque a la respuesta inicial de Costa Rica le faltó claridad. El primer video de Youtube de Luis Daniel, que dio paso a este blog, refleja eso. Yo también, a principios de noviembre, todavía pensaba que posiblemente Nicaragua tenía razón.

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  109. Hola a todos, quisiera llamar la atencion sobre el tema de la visita de los miembros de Ramsar ayer a Nicaragua y a la zona en disputa, segun la version nicaraguense el dia de ayer los miembros de Ramsar navegaron por el caño y "pudieron comprobar que no hay daño alguno al ambiente" . Sin embargo en el Periodico la Nacion aparecen una foto del caño tomada por el ministerio de seguridad, Donde el caño aparece casi seco.

    De nuevo nos enfrentamos al dilema de las 2 versiones, alguien miente descaradamente.

    Pero bueno , si la foto de la Nacion de verdad es de ayer, es una excelente noticia para los intereses de Costa Rica y de los ecologistas pues el caño que en algun momento alcanzo los 25 metros de ancho parece de nuevo una paja de agua. Y que podrìa ser cerrada fàcilmente no por un contingente de 200 voluntarios, si no por un par de obreros.

    En fin ya veremos en estos dias de nuevo quien dice la verdad del estado acual del famoso caño pastora

    Saludos Luis Daniel.

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  110. Una noticia buena para todos los costarricenses:

    COSTA RICA PEDIRÁ A RAMSAR RELLENAR EL CAÑO

    http://www.prensalibre.cr/pl/nacional/40426-costa-rica-pedira-a-ramsar-rellenar-el-cano.html

    Hoy me tomaré una o dos birritas con un buen vigorón.

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  111. Ese caño nunca tuvo 25 metros de ancho. Quien haya dicho eso estaba o mintiendo o bateando. Todas las imágenes que tenemos, de satélite y aéreas, muestran que ahí nunca ha existido otra cosa que la zanja que cavó el equipo de Edén Pastora en noviembre, que es lo que mismo que se ve en la última imagen de la DIS.

    Es más, a mí no me parece que haya nunca realmente llegado a existir una "conexión hidráulica" con la Laguna Los Portillos, ya que en las imágenes de Satélite de UNOSAT se ve que hay una parte importante del curso del supuesto caño en que los árboles siguen en pie. Me parece imposible que se cave un caño sin antes haber cortado los árboles, por lo que yo creo que ese caño en realidad Pastora nunca lo terminó. Y mientras el agua no pueda fluir del río hasta la laguna, la erosión no va a ensanchar el caño.

    A veces me indigna la falta de claridad con la que han hablado de esto, no solo en Nicaragua sino también en Costa Rica. En el caso de Nicaragua entiendo que es por razones políticas, pero en Costa rica, ¿es por pura pereza de averiguar las cosas con cuidado, o hay algún interés detrás de la desinformación?

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  112. Lo que si se ha dicho era que tenía 15 mts de ancho según el informe de UNITAR

    https://lh5.googleusercontent.com/_XZYtv_5T8wU/TV9ZlQ90aGI/AAAAAAAAAs0/lIBs2pzvyqY/UNITAR-UNOSAT%2019-11-2010.jpg

    Y en la foto de la nación tampoco es que se vea seco seco, pero para decir que por allí pasó toda una flotilla de Ramsar tampoco es creible:

    http://www.nacion.com/CMSPages/GetFile.aspx?guid=d31de083-f5f4-4f49-8fb9-6ecbc7bf484b

    A mi parecer, en vista que CR iba a solicitar medidas cautelares en Nicaragua retiraron rápidamente el ejército sin concluir los trabajos. Si Nicaragua mantenía el ejército durante las audiencias, esto hubiera provocado medidas cautelares más restrictivas que las de ahora.

    Algo que creo que en ambos países se confunde mucho es el concepto de daño ambiental irreparable y daño ambiental importante. Un daño ambiental importante no necesariamente tiene que ser irreparable.

    Por otro lado el daño ambiental inminente e irreparable es el que hace que la corte dicte una medida cautelar y para ese el tipo de daño fue que se dijo que no se encontró pruebas (Por ejemplo el retiro temporal del ejercito ayudó a que los jueces en parte pensaran que no era inminente). Aún así la corte basada en el deber de Costa Rica de protejer el humendal hizo algo, que tengo entendio, fue sin precedentes y encargó a una ONG tomar las deciones para prevenir en caso de que llegaran a darse ese tipo de daños.

    Lastimosamente hay mucha gente que no ve esto y siguen diciendo que la Costa Rica no logró convencer a la corte de que existieran daños ambientales, cuando en parte, si Costa Rica no hubiese convencido a la corte de alguna forma, la medida cautelar 2 jamás se hubiera dictaminado, o incluso, ninguna de las otras. Recuerdo unas estadísticas que presentaba el seño Nicolas Boeglin que decían que en solo el 40% de las solicitudes la corte dictaba medidas y que en algunos casos, pequeños errores de los solicitantes hacían que no se dictara medida alguna.

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  113. Lo de los 25 metros de ancho sí lo dijo un profesor de la UNA hablando en Telenoticias en enero:

    http://www.teletica.com/noticia-detalle.php?id=81073&idp=1

    Inclusive los 15 metros que dice el informe de UNOSAT me parecen exagerados. Midiendo y comparando con la escala, dan 15 metros solo en la parte más gruesa de todo el caño en la foto del 14 de diciembre, cuando se ve más lleno. En otras partes (y en la foto del 19 de noviembre) no tiene ni la mitad de eso.

    Ahora vi también que el informe de UNOSAT da como evidencia de la posible "conexión hidráulica" del río con la laguna el cambio de color del agua en el borde interior de la laguna, lo cual sugiere que ahí el agua tiene sedimentos. Pero a mí me parece más probable que eso sea por el movimiento de tierra hecho de ese lado, no porque el caño haya arrastrado material desde el río. Para que el agua pudiera fluir por la parte arborizada del "caño" me parece que tendría que por lo menos verse una zona inundada. Y obviamente por ahí no se puede pasar, nisiquera en un kayak.

    Concuerdo con Gerardo en que, para minimizar el daño político a Ortega que le pudieran causar medidas cautelares más fuertes, alguien le debe haber dado la orden a Pastora en diciembre de abandonar discretamente su dragado de ese "caño". No me cabe duda de que los expertos legales del gobierno de Nicaragua (el Emb. Aragüello y los asesores extranjeros) tienen que saber perfectamente la magnitud de la metida de pata de Pastora. Su trabajo ahora es darle las mayores largas al asunto para que no impacte la campaña de reelección de Ortega.

    Y eso efectivamente sería un punto a favor de la estrategia de Costa Rica de haber ido a La Haya, por lo menos desde el punto de vista de minizar el daño ambiental y la alteración del curso del río.

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  114. Bueno, Alejandro, yo difiero en ese punto. A Pastora, pero sobre todo a Ortega, lo que le interesaba era la reacción local... su objetivo es político e interno a Nicaragua. Para cualquier interesado racional bastaba con ver un mapa de Nicaragua (del INETER, me refiero) para darse cuenta que Finca Aragón y el territorio circundante estaba en Costa Rica. La gran mayoría del público no entiende o no está interesado en investigar las cosas tan a fondo como para determinar de donde viene el mapa y toda su historia. A nadie en Nicaragua va a convencer por más pruebas que presente, y por contundentes que estas sean. Aún ahora, casi nadie se atreve a hablar en contra de Ortega. Además, "echarse para atrás" ante Costa Rica, en cualquier asunto, pero especialmente si involucra de alguna forma el Río San Juan, es un suicidio político en Nicaragua. En el fondo, no importa que tan equivocado esté, es mejor seguir adelante, enredando en lo que se pueda el asunto (como en efecto, lo hizo), que rectificar...

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  115. Terox: No me parece que el mapa de INETER fuera evidencia suficiente para convencer a una persona objetiva. Lo digo porque ese argumento no me convencía a mí al principio, en vista de que Pastora estaba diciendo que había que recuperar la frontera original definida por los laudos. Y le sugiero otra vez que vea el video de Youtube que puso Luis Daniel, el padre de este blog, el 12 de noviembre, cuando el conflicto llevaba ya tres semanas: http://www.youtube.com/watch?v=Eca7QrC8Ns0

    Peor todavía, en octubre, cuando todavía solo Pastora se había pronunciado públicamente sobre el trazado de la frontera, el gobierno de Costa Rica no había nisiquiera presentado como evidencia los mapas de INETER. ¡Nisiquiera había publicado sus propios mapas! Esto lo sé porque yo me enteré de dónde era la zona del conflicto por una nota de Carlos Revilla con fecha del 2 de noviembre, en que explica sus esfuerzos por entender dónde estaba el pleito, usando su propia colección de hojas cartográficas del IGN:

    http://costaricahoy.info/reportajes/¿donde-en-el-mundo-es-el-conflicto-con-nicaragua/72516/

    Obviamente no se puede esperar que a estas alturas Ortega responda a argumentos. Pero creo que hay muchos nicaragüenses que, antes de que el asunto se convirtiera en un duelo de honor entre los dos países, podrían haber entendido cuál era la definición legal de la frontera, si se les hubiera hablado con claridad.

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  116. Creo que nunca nos vamos a poner de acuerdo, Alejandro. Yo creo que, en retrospectiva, se cometieron errores, pero que en su momento no eran anticipables (al menos con alguna razonabilidad)... en este caso, si el gobierno de Costa Rica se metiera a contestar las cosas que salen en la prensa nicaragüense, diay, viviríamos casi que en un estado de guerra permanente. Y por otro lado, aún respuestas correctas del gobierno de Costa Rica, no hubieran llegado a la opinión pública nicaragüense... en primer lugar, porque en este tema, la gran mayoría no admite razones, y en segundo lugar, por el sesgo de los medios. Y lo que mandaba aquí es la opinión pública nicargüense, no la costarricense... lo que vos decís probablemente hubiera logrado un mayor y más razonado apoyo de los costarricenses, pero nada más. Y a nivel internacional, tampoco creo que hubiera servido de mucho, ya que no de interés para nadie mas, a esas alturas...

    Por cierto, buscando por ahí me encontré referencias de la familia Reyes, pero parece que el que los apoyó principalmente fue un diputado del PAC, ¿vos tenés links que demuestren apoyo del gobierno de Costa Rica como tal? ¿O por lo menos que algún funcionario oficial de Costa Rica los mencione como los dueños?

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  117. Por cierto terox yo hice hace un par de días un agregado al post de
    Cual es el peso de los mapas para definir la frontera? sobre el significado de que un mapa sea o no comprobado en el terreno.

    http://www.confidencial.com.ni/articulo/3411/la-logica-de-nuestra-estrategia-en-la-haya

    Básicamente la gente cree que porque no es comprobado en el terreno es porque nadie visitó la zona, cuando en realidad no es cierto, lleva mucha ingeniería por detrás

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  118. Por cierto Alejandro, yo hice hace un par de días un agregado al post de
    ¿Cual es el peso de los mapas para definir la frontera? sobre el significado de que un mapa sea o no comprobado en el terreno.

    http://www.confidencial.com.ni...

    Básicamente la gente cree que porque no es comprobado en el terreno es porque nadie visitó la zona, cuando en realidad no es cierto, lleva mucha ingeniería por detrás

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  119. Sobre el último punto: El canciller René Castro dijo en su discurso ante la OEA que "Finca Aragón" tenía un permiso de uso a nombre de miembros de la familia Reyes; ver el punto 4. Eso fue el 3 de noviembre.

    Sobre lo demás, no voy a insistir en que sepa yo que el asunto se podría haber parado a tiempo con lo que las autoridades sabían en aquel momento. Tal vez no. Pero sí he quedado insatisfecho con el manejo político del tema en CR y con la calidad de la información que han dado el gobierno y los medios. Lo que sí me parece que se ha hecho bien es el caso como se ha tramitado en La Haya.

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  120. Encontré las declaraciones del canciller en la OEA a las que se refiere Alejandro.

    http://www.nacion.com/MMediaFiles%5Cnacioncom/0e/0e4b0586-69d7-4763-bc14-a75a83698d85.pdf

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  121. "Costa Rica, sociedad en decadencia"
    http://www.elpais.cr/articulos.php?id=42622

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  122. Qué bueno vivir en una sociedad con autocrítica, pluralidad de ideas y libertad de expresión...

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  123. Pues sí, fue una torta mencionar a ese señor... aunque fuera de forma tangencial...

    Por cierto que aún para esa misma fecha, 3 de noviembre, salía en el periódico proclamándose dueño de la finca en la Extra (a través de su abogado), y hasta decía que iba a demandar al canciller y al ministro de seguridad por negligencia...

    Sería interesante ver que pasó con el caso en contra de los Reyes...

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  124. Ooooh noooo que los jueces en la corte no vean este artículo por que fijo mandan a volar a los representantes de Costa Rica y Nicaragua gana el caso ipso facto!!!!

    Invitado, este blog no trata de poner a Costa Rica por sobre todas la sociedades y a Nicaragua por debajo de todas. Trata sobre determinar a quién le pertenece finca Aragón mediante la mayor cantidad de documentación relacionada con los argumentos que han presentado los representantes de cada país.

    Si pensaba que ibamos a llamar a Román Chaves Sáenz traidor de la patria por criticar mal a CR, pues se equivoca. La autocrítica es necesaria para hacer mejores a las sociedades. Es la opinión de él y la respeto.

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  125. Por favor, que alguien interponga sus buenos oficios, para que no se vuelva popular y luego oficial, por uso, el llamar al Caño, Caño Pastora, no podemos registrar el apellido de tan vil persona, en nuestra geografía e historia. Ofende al sentido común.

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  126. Saludos JUANRA.

    El nombre caño Pastora fue creado en este blog por Luis Daniel Rodríguez cuando el INETER en ninguno de sus mapas oficiales lo mostraba. Se hizo con la intención de diferenciar dicho canal del caño al que se refería Alexander en 1897, pues ambos, como lo hemos demostrado este blog, poseen ubicaciones geográficas distintas. El caño del E.P.Alexander que existía en 1897 se ubicaba al noroeste de la laguna Harbour Head o actual laguna Portillos he iba en dirección paralela a la costa del mar caribe (Tal y como lo reconocía el INETER tan solo en 2006 en su página web). El caño Pastora (en honor, y burla irónica, a su creador), apareció en Octubre del 2010 saliente del sur de la laguna y conectándola con el río. Este es el primer canal en toda la historia de la desembocadura del río San Juán que posee dicha trayectoria.

    Fue hasta el 25 de enero del 2010 que el INETER llama a ese canal artificial como caño del Puerto, lo que ha generado algunas quejas de algunos lectores nicaragüenses aludiendo que aquí le cambiamos el nombre, cuando en realidad fuimos los primeros en ponerle uno.

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  127. Hace algún tiempo no le había podido dar seguimiento a este tema pues tenía asuntos personales que atender. Mientras me estaba poniendo al día con todo el material que han publicado en este sitio (que está muy bueno por cierto), me encontré con los nuevos mapas que INETER publicó donde se refleja el cambio que están tratando de realizar en la zona fronteriza. Una de las cosas que me llamó mucho la atención en ese mapa, y que luego corroboré con los mapas de UNOSAT, es que la geografía de la zona ha cambiado mucho de lo que se ve en los mapas oficiales de Costa Rica. Y entre estos cambios el que más me llamó la atención es que Harbor Head ya no está unido por ningún lado al Río San Juan (excluyendo el canal que abrieron).

    No se si ya esto lo habían analizado por acá (me estoy poniendo al día), pero si lo hicieron les agradecería indicarme por donde. También, dado que ahora el San Juan desemboca directamente al Caribe, y Harbor Head está totalmente independiente del río me gustaría saber si han discutido la posibilidad de que Costa Rica reclamara Harbor Head como parte del territorio nacional.

    Saludos a todos,

    Marco V. Muñoz

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  128. Del estudio de llamado ESTUDIO DE DIAGNOSTICO DE LA CUENCA DEL RIO SAN JUAN Y LINEAMIENTOS DEL PLAN DE ACCION, 1997.
    Extraigo para de la sección llamada Sedimentos:

    "Sedimentos
    Los sedimentos se originan en las partes altas y medias de las cuencas y son el producto de las fuertes
    lluvias, la fragilidad de muchos de los suelos volcánicos, la deforestación a que ha sido sometida la zona
    y desarrollo agrícola ganadero.
    El Lago de Nicaragua es el depósito de los sedimentos aportados por sus afluentes, recibiendo además
    los escurrimientos laminares y subsuperficies que llevan disueltos o arrastran buena parte de los
    plaguicidas y fertilizantes que se utilizan en el área. Prácticamente no se tiene conocimiento del volumen
    del sedimento que llega al Lago de Nicaragua. Esta información es imprescindible para conocer la
    gravedad del problema y poder implementar las necesidades de conservación que permitan asegurar el
    futuro del lago.
    En la estación Terrón sobre el Río San Carlos en Costa Rica se llegó a calcular un aporte sedimentario de
    817 tons/Km 0178/año; en Peñas Blancas, 700 tons/Km²/año, en Punta Viejo y Veracruz, sobre el río
    Sarapiquí se calculó 216 ton/Km²/año. En la estación Guatuso, sobre el Río Frío se calculó un aporte de
    298 ton/Km²/año.
    En Nicaragua la actividad agrícola y la deforestación han provocado problemas de erosión y como
    consecuencia inundaciones y desviación de canales.
    No se han realizado muestras periódicas de sedimentos en suspensión transportados por los ríos en
    estaciones claves, pero la sedimentación se verifica visualmente. Ese aporte sedimentario ha provocado
    el rellenado del cauce en algunos ríos con los consiguientes problemas de desbordes, inundaciones y
    formación de cauces nuevos.
    Esto afecta especialmente el delta del Río San Juan y por consiguiente el hábitat de la ictiofauna del
    litoral marítimo."

    No les voy a mentir, al día de hoy no he leído todo el estudio, pero entre más leo más noto que el estudio hace responsable casi por igual a ambos países de daños ambientales en la cuenta del río San Juan. Dicho de otro modo, para el que quiera hablar mal de alguno de los 2 países aquí hay bastantes datos y sinceramente, sin quitar a CR reponsabilidades, no veo el paraíso nicaragüense del que tanto habla Jaime Incer. En fin son las impresiones que llevo hasta ahora.

    Por otra parte, no hay subestimar la nota aclaratoria que viene en este documento.

    Nota aclaratoria
    Los Gobiernos de las Repúblicas de Costa Rica y Nicaragua reiteran que la aprobación de este
    documento y otros relacionados con él, así como los conceptos técnicos que contienen, incluyendo el
    concepto de "Cuenca del Río San Juan", no afectan los límites territoriales y los derechos consignados en
    el Tratado de Límites Cañas-Jerez, el Laudo Cleveland, la Convención Matus Pacheco y las Actas de la
    Comisión Alexander".

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  129. Gerardo, el PDF "Gran Canal Interoceánico por Nicaragua" Perfil del Proyecto Agosto 2006, tiene varios sitios en la red para ser descargado, uno de ellos es:

    http://www.pancanal.com/esp/plan/documentos/canal-de-nicaragua/canal-x-nicaragua.pdf

    En el Capítulo IV. Aspectos Ambientales, específicamente en la página 43 (figura 4.1), podrás ver los mapas de la Cobertura Forestal en Nicaragua durante los años 1940, 2005 y uno que es una proyección de recuperación de bosques al 2040. Jaime Incer es parte del panel de expertos que participó en la elaboración de este proyecto, así que este capítulo debe ser parte de su aporte. Seríia interesante si pudieras subir a este blog la imágen completa de esa figura ya que es lo más sencillo y descriptivo que he logrado encontrar referente al cuido de los bosques que Nicaragua dice tener. Es realmente impactante. Las áreas que quedan intactas, me da la impresión, es porque su acceso es dificil.

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  130. Que bueno que pusistes la nota aclaratoria. Ya que esto significa que a pesar de la formación de humedales, ya sea a partir del Lago de Nicaragua o de los ríos Sarapiquí (1,200 ton. diarias de sedimentos, aprox.) y el otro río que desemboca en San Juan (800 toneladas de sedimentos diariamente) estos humedales no cambian los límites territoriales, asi como lo expresa la nota aclaratoria. Por alli podemos comenzar.

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  131. ¿Será que de alguna forma la mayor parte del caudal del San Juan se va por el río Colorado, pero la mayor parte de los sedimentos sigue por el otro lado? A mí la lógica me dice que la cantidad de sedimentos debería ser proporcional al caudal del río... en ese caso, habría que restar de los sedimentos "aportados" por los ríos costarricenses, los sedimentos que salen también del San Juan, por el Colorado, el Taura, y algún otro que haya por ahí...

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  132. Gerardo, en el considerando siguiente de la orden emitida:

    78. Whereas, in order to prevent the development of criminal activity in the disputed territory in the absence of any police or security forces of either Party, each Party has the responsibility to monitor that territory from the territory over which it unquestionably holds sovereignty, i.e., in Costa Rica’s case, the part of Isla Portillos lying east of the right bank of the caño, excluding the caño; and, in Nicaragua’s case, the San Juan river and Harbor Head lagoon, excluding the caño; and whereas it shall be for the Parties’ police or security forces to co-operate with each other in a spirit of good neighbourliness, in particular to combat any criminal activity which may develop in the disputed territory;

    claramente queda establecido que Nicaragua puede y debe patrullar la laguna de Harbour Head y que le pertenece incuestionablemente.

    Si Costa Rica quiere reclamar ese territorio debido a la nueva geomorfología (en la que la barra costera de sedimentos frente a la laguna ya no conecta con la desembocadura del río San Juan y por lo tanto ya no se puede seguir el primer canal como parte de la frontera), puede hacerlo. Pero mientras no lo haga, nada va a pasar, seguirá siendo de Nicaragua.

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  133. Hellmuth usted se refiere a este mapa:

    https://lh6.googleusercontent.com/_XZYtv_5T8wU/TX_6gYq1yGI/AAAAAAAAAzY/P972aQzIlZA/Bosques%20Nic.jpg

    Sinceramente, son exageradas las declaraciones de diarios Nicaragüenses que tratan de darle un enfoque a las noticias de que CR es la única responsable de daños ambientales en la cuenca del río San Juan.

    http://www.elnuevodiario.com.ni/nacionales/96928

    “Vieron el grado de conservación que tenemos, ellos dijeron que ¿cómo es posible que Nicaragua, no esté en el ´top ten´ de países que más conservan su medio ambiente en el mundo, teniendo grandes áreas de conservación?, además esto no se le reconoce en el ámbito internacional”, compartió Torres."

    http://www.end.com.ni/especiales/96302

    El paisaje revela un contraste dantesco: en la ribera costarricense del Río San Juan se observan trochas, socavones y ganado, mientras que en la margen nicaragüense existe “un Edén forestal” vigilado por el Ejército nicaragüense y guardabosques del Ministerio del Ambiente y Recursos Naturales, Marena.

    Ya en un comentario de puse una foto de la zona del Castillo, donde las 2 riveras le pertenecen a Nicaragua:

    https://lh3.googleusercontent.com/_XZYtv_5T8wU/TXqubXIPwWI/AAAAAAAAAyM/nzTlhQCk6o8/EL%20castillo.png

    O sea, mi punto es que el Gobierno de Nicaragua quiere culpar a CR por el 100% de los daños omitiendo los datos que también la responsabilizan.

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  134. Hay que aclarar algo, Nicaragua no puede responsabilizar a CR por el hecho de que el Colorado tenga más caudal que el bajo San Juan, ya que como lo hemos comentado antes, ya era así desde la época de 1858, lo cual es ampliamente documentado e incluso conocido por historiadores Nicaraguenses como el señor Jaime Incer:

    Uno de los libros que habla de ello es " La ruta de Nicaragua" de David I. Folkman Jr. " , que en la página 3 de esta versión en español publicada por El fondo de promoción cultural Banco de América, podemos ver claramente el nombre de señor Jaime Incer.

    Que triste ha sido la labor de este señor que se ha prestado para mentir y manipular. El ha sido de los principales acusadores de que CR dragó y desvió aguas al Colorado en 1945 y que por eso ahora el Colorado es más grande. Le comparto a "Invitado" un extracto de este libro, que entre otros, que registran estos hechos:

    " Además, el levantamiento de la barra redujo el caudal de aguas del Río San Juan y acrecentó el amontonamiento de arenas en la bahía y en la parte baja del río. A medida que que el sedimento aumentaba, las aguas se desviaban más y más hacia el Colorado, ramal del río que penetra en Costa Rica. En 1848 unas nueve décimas partes del caudal fluía por el bajo San Juan; para 1865 once duodécimas partes del caudal se vertían por el Colorado hacia el océano. Desafortunadamente, la desembocadura del Colorado no tiene bahía, y la combinación de arenas aluviales junto con la disminución del caudal de agua hicieron casi innavegable la parte baja del San Juan..."

    Es decir, dentro de una demanda de daño ambiental que quiera plantear el Gobierno de Nicaragua a Cr, el gobierno de Nicaragua no podría acusar a CR de ser la responsable de la situación de Colorado. Podría buscar demandarla por otros hechos, pero para eso tendría que demostrar no tener ninguna o solo una insignificante responsabilidad propia sobre ellos.

    Finalmente la conclusión a la que llega terox es correcta, la mayor parte de los sedimentos se van por el río Colorado en el delta que está a 27 km de finca Aragón, por lo que dicha demanda de daños ambientales tendría poca influencia con el actual conflicto.

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  135. Gracias por la aclaración Hellmuth. De hecho era algo que me parecía muy extraño. Por otra parte mi cuestionamiento va centrado en el tema de ¿Qué se considera hoy en día la bahía común y cómo se aplican los derechos de co-propiedad de CR en la actualidad?

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  136. Gracias Gerardo, esa es la imágen a la que me refiero.

    En contraste a las noticias que presentas, les dejo el link a una entrevista que le hicieron al biólogo Jaime Incer Barquero, asesor de la Presidencia de Nicaragua para asuntos ambientales, y que publicó El Nuevo Diario el 31 de Enero del presente año, titulada: “Nicaragua sufre una anarquía ambiental”

    http://www.elnuevodiario.com.ni/especiales/93668

    Un extracto "resumen" de la entrevista:

    "El futuro del país, en materia ambiental, es excepcionalmente aterrador: los ríos secos, lagos, lagunas y pozos contaminados y los bosques arrasados ..."

    * * *

    O sea, ¿cómo es posible que Nicaragua, no esté en el ´top ten´ de países que más conservan su medio ambiente en el mundo ...?

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  137. Creo que están interpretando mal el documento. Si se fijan bien dice la medida por estaciones. Hay una parte que dice: "NO SE HAN REALIZADO MUESTRAS periódicas de sedimentos en suspensión transportados por los ríos en ESTACIONES CLAVES, pero la sedimentación se verifica visualmente.
    Más adelante dice: "Como consecuencia se ha producido una deforestación indiscriminada. En el caso de Costa Rica han desaparecido prácticamente los bosques que existieron en las tierras bajas y con pendientes menores y no inundables de la Cuenca; y en el caso de Nicaragua ha deteriorado los bosques naturales remanentes hasta los límites mismos de las reservas biológicas más significativas."
    Gracias Gerardo por publicar este estudio, lo leeremos con más detenimiento.

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  138. Pura vida, como le dijimos la idea del blog es investigar pues muchas veces los periódicos exageran los datos, como lo que decía el diario la prensa sobre que el estudio hablaba de miles de toneladas diarias cuando de lo que se habla son toneladas, pero anuales. Es un estudio largo y últimamente no he tenido tiempo para seguir leyendolo, pero se aprecian los aportes. Sobre la afirmación de terox, ella se basa sobre todo sobre las mediciones de caudal que vienen registradas en libros de siglo XIX y que según declaraciones del Gobierno de Nicaragua y Jaime Incer, desde entonces a empeorado.

    "...Al desintegrarse la isla frente a la bifurcación, el 90% de las aguas se desvía ya por el cauce del Colorado. Cuando un ingeniero norteamericano los examina y mide en 1873, el Colorado tiene 1.200 pies [365.76 metros] de ancho y diez pies [3.05 metros] de hondo en la bifurcación, y el brazo del Bajo San Juan apenas 324 pies [98.75 metros] de ancho y seis pulgadas [0.153 metros] de profundidad. Un cenagal." pág 55-56, "La Campana rota, Camalotes tumbas y olvido", del historiador nicaraguense Alejandro Bolaños Geyer.

    Abajo de estos y arriba del punto de divergencia con el Colorado, fluyendo directamente al mar y desde el San Juan, que cae en la bahía del mismo nombre, el flujo de agua es de 54 380 pies cúbicos [1540 metros cúbicos] por segundo, de los cuales 42 056 [1191 metros cúbicos] pasan al mar a través del brazo del Colorado, mientras que 12 324 [349 metros cúbicos] pasan a través del San Juan hacia el puerto." Ephraim George Squier, The States of Central America, pág 429.

    "Al ingresar a su planicie deltaica el San Juan se separa en varios brazos distributarios. El Colorado es el caudal principal y se lleva tal vez cuatro quintas partes del agua. El bajo San Juan es el brazo que le sigue en importancia."pág 60, Report of the Nicaragua canal commission, 1897-1899

    En 1848 unas nueve décimas partes del caudal fluía por el bajo San Juan; para 1865 once duodécimas partes del caudal se vertían por el Colorado hacia el océano.pág. 203, 203 "La ruta de Nicaragua" de David I. Folkman Jr.

    Bifurcación del Río Colorado. Página 47 de las Actas Alexander, 26 de marzo de 1898.
    https://lh4.googleusercontent.com/_XZYtv_5T8wU/TWhfQ0lYYJI/AAAAAAAAAxk/aAnEq4s5lRQ/1047.jpg

    Todas esas mediciones indican que desde esa época el mayor flujo de caudal se lo llevaba el Colorado, y por ende a través de los los siglos el Colorado a arrastrado la mayor parte de los sedimentos.

    Por otro lado hay que recordar que los cambios en la bahía del San Juan no solo se deben a los sedimentos si no también a un terremoto registrado en 1863. Dice la cita: en 1863, un terremoto levantó la barra de la entrada y redujo su profundidad a menos de 10 pies [3.05 metros]. Después de esto los vapores y buques de vela de gran calado no pudieron volver a cruzarla. A veces las inclemencias del tiempo causaban atrasos en el transbordo de pasajeros a los vaporcillos del río. Además, el levantamiento de la barra redujo el caudal de aguas del Río San Juan y acrecentó el amontonamiento de arenas en la bahía y en la parte baja del río.

    Sobre la responsabilidad de Nicaragua por el daño ambiental en la cuenca del San Juan, Hellmuth hace poco compartió una imagen que se extrae del estudio "Gran Canal Interoceánico por Nicaragua" Perfil del Proyecto Agosto 2006

    https://lh6.googleusercontent.com/_XZYtv_5T8wU/TX_6gYq1yGI/AAAAAAAAAzY/P972aQzIlZA/Bosques%20Nic.jpg

    Es por esto que hemos mencionado que Nicaragua también tiene responsabilidad de los daños en la cuenca del río, y demandar a CR implica que debe demostrar tener una mínima responsabilidad sobre esos hechos.

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  139. Les comparto una notica publicada hoy por la nación y que está muy relacionada con lo que veníamos hablando sobre el video de Juan Rafael Vargas Morales

    http://www.nacion.com/2011-03-19/ElPais/NotasSecundarias/ElPais2719306.aspx

    http://www.nacion.com/CMSPages/GetFile.aspx?guid=d5e10d9f-143b-4963-bacc-845b2acdb510

    Le dan un enfoque distinto al del señor Vargas, pues no hablan de un reclamo sobre la barra de arena frente a Portillos, pero sí hablan de como el actual conflicto podría afectar los límites marítimos.

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  140. Les comparto una notica publicada hoy por la nación y que está muy relacionada con lo que veníamos hablando sobre el video de Juan Rafael Vargas Morales

    http://www.nacion.com/2011-03-19/ElPais/NotasSecundarias/ElPais2719306.aspx

    Le dan un enfoque distinto al del señor Vargas, pues no hablan de un reclamo sobre la barra de arena frente a Portillos, pero sí hablan de como el actual conflicto podría afectar los límites marítimos.

    http://www.nacion.com/MMediaFiles%5Cnacioncom/d5/d5e10d9f-143b-4963-bacc-845b2acdb510.jpg

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  141. Y ahora ¿Qué pasa con la ecología? ¿Cómo tomará esto Ramsar? ¿Acaso Costa Rica no estaba interesada en el medio ambiente?. Y ahora como, si sólo para hacer esos estudios de factibilidad se tienen que destruir muchos arrecifes, que son la base de vida de muchas especies. ¿Buscando combustible fósil? ¿Y no era que querian reducir el dióxido de carbono? Con el petroleo y el gas lo aumentan exponencialmente. Costa Rica Pura Vida, el petroleo es pura destruccion de la vida.
    Los que pensaron sinceramente que ibana proteger el medio ambiente, basicamente los engañaron.

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  142. Aqui les plantearé algo utópico, pero valedero. Todos sabemos que en Nicaragua las finanzas y la corrupción van de la mano. Los corruptos, muchos politicos meten la mano en el erario público. En Costa Rica es menos, pero la corrupción también es rampante. La solución a las finanzas del petroleo puede existir fuera de los dos gobiernos, creando una institución autónoma que no tenga soberanía, pero que se haga cargo de los dividendos del petroleo y gas, y que el excedente sea distribuido de forma regulada en la educación y la salud de los dos pueblos, el nica y el tico. La frontera será definida, pero en términos petroleros, esa compañía seria la reguladora de esto. ¿Un sueño? Quizás, pero que haría una causa común en dos pueblos desunidos.

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  143. Mario Sole no solo es utópico, si no poco práctico y en contra del ambiente. Si se quisiera unir a los pueblos se debería proponer una ley en ambos países en la que se castigue la promoción de expresiones xenofóbicas por los medios de comunicación, además de promover erradicar la xenofobia que existe actualmente mediante campañas informativas en ambos pueblos. Pero claro al parecer no existe en la actualidad algún proyecto de ley semejante (¿Porqué será?). Incluso me llama la atención expresiones en algunos medios de comunicación que tratan de buscar hermandad, pero usan expresiones como "estamos condenados a ser vecinos".

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  144. Bueno Nicolas, aquí hay 4 asuntos:

    Primero que en este blog no se está promocionando la explotación petrolera ni ninguna otra actividad que dañe el ambiente, la noticia la pongo porque podría significar que la actual disputa pase de ser de unos 3km2 a 523 km2.

    Segundo Nicaragua ya ha ofrecido esa zona para la explotación petrolera:

    http://www.elnuevodiario.com.ni/nacionales/12692
    http://www.oilwatchmesoamerica.org/index.php?option=com_content&task=view&id=410&Itemid=69

    En estas noticias se puede encontrar esta imagen de los bloques que está ofreciendo para la explotación:

    http://photos.end.com.ni/2008/04/639x360_1207757947_Mapa%20de%20concesiones%20END.jpg

    Como dice la misma noticia de la nacion:

    “En abril del 2008, el gobierno de Daniel Ortega adjudicó dos contratos de exploración a la empresa estadounidense MKJ Exploraciones Internacionales.”

    Tercero en el pasado CR ya frenó la explotación petrolera y en la noticia no se habla de ofertas actuales de parte de CR para explotar la zona.

    http://www.laprensagrafica.com/economia/internacional/24694-costa-rica-frena-posible-exploracion-petrolera.html
    http://www.informa-tico.com/?scc=articulo&edicion=20090324&ref=24-03-09010009

    Cuarto, no se sabe si esto será una garantía de por vida. Recientemente leí un artículo que habla de desventajas que adquirió CR con el TLC para defender el medio ambiente ante demandas de inversionistas que sientan que se les está afectando sus intereses:

    http://www.elpais.cr/articulos.php?id=42398

    Por el momento las ofertas de explotación petrolera solo provienen de Nicaragua, pero algo un tanto preocupante es que la compañía a la que Nicaragua actualmente le dio permisos de explotación petrolera está relacionada con Harken Energy Corporation, que en el pasado había demandado a Costa Rica por $57.000.000.000 ($57 billones de dolares) y que por suerte como en ese entonces CR no poseía TLC, no nos vimos obligados (nos salvamos) de ir al arbitraje internacional privado.

    http://archivo.elnuevodiario.com.ni/2003/octubre/07-octubre-2003/nacional/nacional20.html
    http://www.tradeobservatory.org/library.cfm?refID=26055

    Aquí le dejo unas imagenes de lo que Costa Rica considera sus límites marítimos:

    http://knol.google.com/k/-/-/1rygk6oqhyk3u/wk3g8l/mar-territorial-patrimonial-costa-rica.jpg
    http://www.elfinancierocr.com/ef_archivo/2001/diciembre/22/f2375.jpg

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  145. Realmente no hablé nada de Nicaragua. Aunque en ese país no se anda diciendo pura vida, tiene mas aguas limpias que Costa Rica. Los nicas tiran sus aguas negras al lago; pero ahora tienen plantas de tratamiento, y además tienen plantas con las cuales están limpiando los lagos y ríos. Según La Nacion de hoy Domingo, dice que los ticos tiran, sin tratar, el 97% de aguas negras a los ríos y mares. En algunos de esos desaguaderos, los locales saben que no se tienen que bañar. ¿Me pregunto si los pobres extranjeros saben eso?. Pura Vida, pero quieren explotar el petroleo y tiran sus aguas negras polucionando el ambiente. Realmente no dije nada de Nicaragua en mi anterior comentario.

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  146. La explotación ya sea petrolera o de cualquier otro recurso mineral, empieza realizando trabajos de investigación (fase de exploración). En esta primera etapa se invierte mucho dinero y no se sabe si el mismo podrá ser recuperado. En el caso del petroleo se lleva acabo una investigación basada en la "reflexión sísmica". De ella se obtiene una radiografía del terreno y lo que se pretende es buscar formaciones y estructuras geológicas que puedan almacenar petroleo y gas. Por estadística, de 10 pozos perforados, 1 pozo produce. Es una especie de lotería. Por más datos que se tengan de métodos indirectos de investigación, hasta que no se perfora no se sabe si hay o no hay petroleo.

    Es válido pensar que esto sea una de las partes generadoras del actual conflicto, pero pudiera haber más.

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  147. Yo veo muy difícil que ésta sea una motivación real... por un lado, con los mapas que puso Gerardo, tendrían que "tender" una línea hacia el sur (al definir la frontera marítima) para que una pequeña parte de las áreas "prospectadas" quedaran del lado nicaragüense... y, de todas formas, como decís vos, lo más probable es que no haya petróleo explotable ahí... sería más productivo explorar más al norte, por lo menos para estar seguros de que valga la pena "echarse el pleito" por las aguas más al sur...

    Por cierto, la discusión de si se debe o no se debe explotar el petróleo, debería venir luego de definir en qué país queda el supuesto yacimiento. Cada país es soberano en su territorio, mientras no afecte al vecino... si Nicaragua encuentra petróleo y quiere explotarlo, pues está en su derecho, mientras no nos traiga consecuencias ambientales por estos lados...

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  148. terox, estoy de acuerdo que por el momento solo es una posibilidad... pero vale la pena mencionarlo. Al fin y al cabo hasta es posible que llegue a terminar el conflicto y nunca averigüemos con exactitud lo que motivó a Pastora a querer modificar la frontera unilateralmente.

    Por otra parte tiene razón usted en decir en que cada país tiene derecho de elegir explotar o no sus mares. De hecho, Nicaragua ya lo confirmó y sabrá Daniel Ortega que está haciendo al confiar en unas compañías que casi le traen resultados desastrosos a Costa Rica, pero eso será problema del vecino país (aclaro que no estoy deseándoles ningún mal, es solo la realidad).

    Lo que yo critico es la interpretación errónea que algunas personas en los diarios y este blog han hecho de la noticia, pues ya están hablando de que Costa Rica quiere iniciar la explotación petrolera sin que nadie lo haya dicho y olvidando las experiencias anteriores del país en ese tema.

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  149. Gerardo, el punto es que esas "posibilidades" hay que dimensionarlas racionalmente. Todavía hay gente que piensa que es un canal interocéanico la verdadera motivación. Esa opción, a mi criterio, tiene todavía menos sentido... ¿qué necesidad de crear un conflicto internacional teniendo ya salida al mar por el río, más al norte? y aún más ¿para que hacer la entrada al canal compartida con Costa Rica?

    Por cierto, yo no desecharía a priori la posibilidad de explotar eventuales yacimientos frente a las costas caribeñas de Costa Rica. Noruega es el mejor ejemplo de lo que el petróleo puede hacer por la calidad de vida en un país pequeño... pero bueno, eso es harina de otro costal...

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  150. Les dejo una respuesta que preparé al documento: Mapas antiguos y fotos recientes de la Academia de Geografía e Historia de Nicaragua:

    https://lh6.googleusercontent.com/_XZYtv_5T8wU/TYg4Gb8gT9I/AAAAAAAAA2g/w9nNcZ9xq3M/Respuesta%20a%20Academia%20de%20Geograf%C3%ADa.jpg

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  151. Recientemente el canciller Castro dio unas declaraciones para noticias del 11. En el minuto 2 dice que los documentos que Nicaragua le presentó a CR ya están disponibles en la cancillería.

    Como ya lo veníamos hablando, él mismo adelanta que en esos estudios de impacto ambiental no incluian la construccion de un canal al sur de Portillos.

    http://www.youtube.com/watch?v=TRqeSapmepQ

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  152. Terox, estoy totalmente de acuerdo en cuanto a definir primero en dónde está localizado el yacimiento para esas discusiones.

    En referencia a lo de explorar más al Norte, veamos costos de perforación:

    En el 2007, solo perforar un pozo y equiparlo costaba en promedio $4.000.000,00, esto sin tomar en cuenta el costo de la exploración en si (http://www.api.org/Newsroom/drilling_expenditure.cfm). Este debe ser el costo de perforación en tierra firme.

    Buscando datos de perforación de pozos an aguas profundas (superior a los 500 metros de profundidad), en el 2007 PEMEX (http://www.pemex.com/index.cfm?action=content&sectionID=137&catID=12022) reporta lo siguiente en un FAQ (preguntas más frecuentes):

    39. ¿Cuánto cuesta perforar un pozo en Aguas Profundas?
    Entre 100 y 150 millones de dólares

    Luego hay mucho de que las compañías que se presentan a realizar la exploración son desconocidas y no tienen el capital de trabajo. Se manejan en un ambiente totalmente especulativo. Crean muchas expectativas e ilusiones de que van explotar petroleo, se dejan decir que el oro negro que existe tiene un valor de varios billones de dolares, y la gente se lo cree y se comienzan a repartir la piñata mucho antes de tan siquiera saber si va haber fiesta.

    Con referencia a Harken encontré esto escrito por Don Rodrigo Alberto Carazo que nos da una idea de como se mueven estos negocios; pura bolsa de valores (http://www.grupoadela.org/newsite/artdetail.php?id=11).

    He querido poner estos datos que, aunque no tienen nada que ver con el tema en discusión, ayudan a comprender la "danza de millones" detrás de esta industria y que pudiera, no sabemos, ser uno de los motivos de fondo de este conflicto.

    Esto me había quedado como un espinita desde que, creo que fue Casa Vieja, había mencionado este tema.

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  153. Corrección, en el mismo orden, de los tres links que puse:

    http://www.api.org/Newsroom/drilling_expenditure.cfm

    http://www.pemex.com/index.cfm?action=content&sectionID=137&catID=12022

    http://www.grupoadela.org/newsite/artdetail.php?id=11

    Disculpas por la falla técnica !

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  154. Bahía como tal, parece que ya no existe. Ahora son lagunas estuarinas, lagunas costeras o un estuario. No se cómo se puede clasificar. Nicaragua, en su mapa reciente, todavía la pone como bahía, por lo tanto todavía es común a ambas naciones. Siendo así podemos entrar.

    Hay que acordarse que cuando se hizo el Tratado Cañas-Jeréz en 1858, Punta de Castilla era el extremo Oeste de la Isla de Castilla, que a su vez era la barra de arena que "nacía" en la tierra adyacente a la laguna (ver mapa de George Peacock, 1832). En realidad no era una isla ya que estaba conectada a tierra. En algún momento se le cambió el nombre a Punta Arenas y a Old Island of San Juan. Este mapa de George Peacock de 1832, fue modificándose en varias ediciones a través de los años, según lo investigado por el Sr Alejandro Bolaños Geyer en su libro Campana Rota, Camalotes, Tumba y Olvido. De hecho el mapa de Squier está basado, creo haber leido, en la edición de 1848. Cuando Alexander llegó, olímpicamente se hizo el "ruso" y ubicó Punta Castilla, como ya sabemos, al extremo Este de la barra de arena (Isla de Castilla). Es por este motivo que la delegación costarricense trazó su línea demarcatoria de la frontera en sentido Este-Oeste y argumentó lo que Alexander explica:

    "Now, the whole claim of Costa Rica is based upon the assumption that on April 15, 1858, the date of the treaty, a connection existed between the island and the eastern headland, and that this converted the island into mainland, and carried the initial point of the boundary over to the western extremity of the
    island."

    Traducción: "Ahora, todo el reclamo de Costa Rica está basado en la suposición de que el 15 de Abril de 1858, el día del tratado, existía una conexión entre la isla y la tierra al Este, y que esto convertía la isla en tierra firme, y trasladaba el punto inicial de la frontera hasta el extremo occidental de la isla."

    Esta Isla de Castilla era la que protegía la bahía (incluida la laguna, que en ese momento no era tan laguna). Por este motivo era que teníamos derechos compartidos sobre la bahía o co-propiedad.

    Hoy en día, ya todo eso cambió.

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  155. País invitará a la prensa a inspección de isla Calero
    http://www.nacion.com/2011-04-04/ElPais/NotasSecundarias/ElPais2736619.aspx?Page=4

    En nicaragua ya se muestran molestos por la visita que Costa Rica planea hacer con Ramsar.

    Me llama la atención la gran contradición lógica que implican esas reclamaciones, pues hacen alusión a que Ramsar solo visite la zona cuando determine que sea para evitar daños irreparables pero sin hacer la primera visita en el sitio. Entonces como pretenden que Ramsar lo determine?, con la informacion que CR le brinde?... cosa que por cierto ya habían criticado.

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  156. RAMSAR realizó inspección en isla Calero

    Protestantes nicaraguenses entraron ilegalmente a la zona de conflicto con el objetivo de evitar que se efectuara la inspección de los expertos de Ramsar incluso en contra de la clara pohibición de la corte de ingresar al sitio. Ignorantemente se están hechando en contra a la misma convesión al gritarle improperios a los científicos y también en contra a la misma corte internacional por violar las medidas cautelares.

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  157. Hoy me llamó mucho la atención una foto que publica La Nación, exactamente del "inicio" del "caño Pastora". Aparte de ser bastante angosto (unos 5 metros), parece estar acumulando sedimientos. Además, el agua adentro del canal se ve estancada...Yo estoy seguro que no va a ser autosostenible...

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  158. Luis Daniel Rodriguez6 de abril de 2011, 9:54 a.m.

    Hola Terox si de hecho, mirá esta foto del periodico Al Dia... http://www.aldia.cr/ad_ee/2011/abril/06/_Img/3175860_0.jpg

    La gente pasa caminando el caño, es decir hay sedimentos allí que si se siguen acumulando cerrían el caño solito... por otro lado hay que esperar a la época lluviosa pues esto podría cambiar radicalmente (o no ... no soy experto en esto).

    El otro tema es el de los civiles Nicas dentro de la zona al norte del caño... sinceramente no entiendo que es la idea.... traerse abajo las medias cautelares diciendo que como CR las violó entonces Nic tiene derecho de hacer lo mismo.

    Nicaragua argumentaba que los ticos podrian entrar solo para evitar un daño irreparable pero como el daño irreparable no estaba comprobado entonces no podrian entrar.... Los ticos dicen que como van a saber si hay un daño irreparable si no van al lugar? (!?)

    Pero entrar con muchacho, periodistas y agentes de seguridad vestidos de civil (segun el nuevo diario de hoy 06/04/11) no tiene ninguna justficación..... es simplemente una bofetada a la Corte.

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  159. ¿Cómo sabemos que son protestantes? Tal vez son católicos, o musulmanes. Estoy vacilando... Pero en español se suele decir "manifestantes", para evitar esa confusión.

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  160. Creo que yo lo dije por acá antes, pero yo pienso que Edén Pastora en realidad nunca terminó de completar ese caño. Las fotos de satélite de UNOSAT muestran que quedó una parte sin despalar, en la que yo creo que muy probablemente tampoco se hizo ninguna excavación. Sería bueno que de esta última inspección salgan imágenes que aclaren eso.

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  161. En ese caso serían "Orteguistas" que fueron a decir con camisas, altavoces y pancartas: "El río San Juán es 100% nica", cuando nadie está hablando de quitarles el pinche río.

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  162. Según recuerdo, había anunciado que estaba listo hacía mucho, creo que en diciembre... y tiempo tuvo, pues ellos abandonaron el área hasta mediados de febrero...

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  163. El segundo reporte de UNOSAT no encontró ningún cambio en el caño después del 14 de dic. Yo estoy seguro que los verdaderos expertos jurídicos, como el embajador Carlos Argüello, tienen que haberse dado cuenta desde noviembre de la magnitud de la metida de pata que era cavar ese caño. Posiblemente las autoridades le pidieron a Pastora en noviembre o diciembre que abandonara ese trabajo para evitar que Nicaragua se expusiera a una resolución desfavorable en La Haya. Así por lo menos le pudieron decir a la Corte Internacional que sus trabajos estaban terminados y que no pensaban mandar más agentes a la zona bajo litigio, evitándose una medida cautelar más severa. Además, el embajador Argüello y su equipo legal tienen que esperar que eventualmente la Corte va a exigir a Nicaragua pagar por los daños a territorio tico.

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  164. Obviamente soy lego en la materia, pero no creo que ese corte sirva de mucho... el caudal no va a aumentar de todas formas... y si aumenta lo que va a hacer es inundar Finca Aragón... el caño ese no parece muy profundo...

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  165. Saludos a todos, estaba revisando artículos sobre el tema y me encontré este artículo sobre el discurso que impartió Daniel Ortega en la UNAN Nicaragua acepta dialogar con Costa Rica. Aunque el contenido del artículo no es nada que no se haya reportado anteriormente, si me llamó mucho la atención que en la foto que aparece de fondo hay un mapa en el cual el área de Nicoya aparece como parte de Nicaragua. Realmente me parece muy preocupante que Daniel Ortega vaya a desviar este conflicto hacia ese nivel de "enredo".

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  166. tiene razón usted Marco, no nos habíamos fijado en ese detalle, pero lo mejor es que el que hizo ese mapa se adjudica toda la provincia de Guanacaste incluso partes que nunca pertenecieron al Partido de Nicoya, además el límete oeste nunca fue fijado, pero en este mapa pude observar que llega más allá de la Cordillera Volcánica de Guanacaste.

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  167. Hola, si lo peor es que Nicaragua sigue acusando a CR de querer apropiarse del Rio San Juan, del lago de Nicaragua y en el ultimo discurso que quiere apropiarse de Rivas y Granada... lo cual es 100% demagogia barata , mientras insinuan que van a emprender "acciones legales" para recuperar Nicoya.

    Que clase de reacción tendría Nicaragua si Laura Chinchilla apareciera con un mapa a sus espaldas donde el lago sea tico?... entonces nos acusan precisamente de lo que pecan.

    Paralelamente se rasgan las vestiduras por que CR "violó las medidas cautelares " y no cuestionan que 100 civiles nicas se metieron como pedro por su casa en la zona restringida.... es incomprensible.

    ¿Saben que? Yo tengo fe que hay muchos nicaraguenses inteligentes que se dan cuenta de estas inconsistencias, pero se guardan para si sus opiniones para no ser acusados de matamamas (palabra nueva para mi que parece significa vende patrias).

    Lo que me duele es el monton de gente que no tiene acceso a más información que los periodicos impresos de Nicaragua.... ellos leen y se comen el cuento que google cambio el mapa 4 veces, que el Colorado lo dragamos para robarnos las aguas del SJ, que Ramsar fue comprada por los ticos, o que los laudos respaldan a Nicaragua... esa pobre gente en 3 años va a creen que CR les robó Harbor Head, al igual que les robó Guanacaste... y se lo enseñarán a sus hijos y seguiremos en las mismas.

    Saludos Luis Daniel.

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  168. Comparto con ustedes la nota de protesta de la cancillería de Costa Rica por las acciones de nicaraguenses en la zona de conflicto en isla Portillos:

    http://www.rree.go.cr/file-noti.php?id_file=278

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