Tal y como hemos definido tanto en los videos como en la entrada anterior del Blog (A las Pruebas me Remito), el punto de discordia entre Costa Rica y Nicaragua es la ubicación del caño o "channel" del que hablaba Alexander en su primer laudo.
Extracto del laudo 1:
"... De conformidad con esto, he hecho personal inspección de este terreno, y declaro que la línea inicial de la frontera, corre como sigue, a saber: Su dirección será recta Noreste y Suroeste a través del banco de arena desde el Mar Caribe hasta tocar en las aguas de la Laguna de Harbour Head - Ella pasará en su punto más próximo distante trecientos (300) pies, del lado Noroeste de la cabaña que actualmente se halla en esa vecindad - Al llegar a las aguas de la laguna de Harbour Head la línea dará vuelta a la izquierda o sea hacia el sureste y continuará marcándose con la orilla del agua alrededor del harbour hasta llegar al rio propio por el primer caño que se encuentre - Subiendo este caño y subiendo el río propio la línea continuará ascendiendo como está dispuesto en el tratado - Soy Señores muy respetuosamente de ustedes obediente servidor E.P. Alexander..." Actas Alexander, págs. 20 y 21.
Según la versión nicaragüense (Ver: http://goo.gl/b8kxs), el caño en 1897 salía del punto ubicado más al suroeste de la laguna Portillos (Harbour Head) y concluía en el Río San Juan aproximandamente a 3 km de la desembocadura del río. Por otra parte la versión de Costa Rica dice que ese caño se ubicaba al noroeste de la laguna, en dirección paralela a la costa del Mar Caribe hasta llegar a dicha desembocadura.

